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PRESTACIONES POR MUERTE DERIVADA DE RIESGO PROFESIONAL (ACCIDENTE DE TRABAJO)
- Consulta : 167607
- Autor : earwen_78_NR
- Publicado : Jueves 30 de Agosto de 2012 22:54 desde la IP: 201.141.233.37
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,107
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 30 de Agosto de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Buen día:
Mi esposa falleció atropellada en la vía pública cuando se trasladaba de su trabajo a nuestro domicilio, en este caso a que prestaciones tenemos derechos los supervivientes (concubinario y tres hijos menores de edad), y a cuanto asciende cada beneficio...; en este caso el I.M.S.S. ya me autorizó la pensión por orfandad por riego no profesional (no solicité la de viudez porque me dijeron que no tenía derecho por no depender económicamente de ella); en este caso que tanto afecta la resolución del I.M.S.S. y que puedo hacer para que la cambien (de ser necesario hacerlo).
En el caso de la empresa para la que trabajaba, me dijeron que hay un seguro de vida, pero alguien mas me dijo que teníamos derecho a una indemnización por muerte derivada de riesgo profesional; que tan cierto es esto y a cuanto ascenderia el monto de la citada pensión; y en caso del seguro, como puedo hacer para calcular el monto que me deben entregar (en caso de ser su obligación) y que mas obligaciones tiene el patrón para con nosotros...
Gracias
Atentamente
Angel Resendiz Plata
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 316469
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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Mayo de 2013 21:49 2013-05-11 21:49 desde IP: 189.241.128.57
Buena noche, además de los beneficios que le corresponden como familiar del derechohabiente, tiene usted a una indemnizaciòn directamente del responsable del accidente. Espero me pueda compartir más detalles de su caso para brindarle una mejor asesoria. Cel. 55.23.39.97.32
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