Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DERECHO A LIQUIDACIóN

  • Consulta : 231350
  • Autor : lcamachoc_NR
  • Publicado : Lunes 02 de Junio de 2014 11:22 desde la IP: 200.233.143.225
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • lcamachoc_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Querétaro

    Estimados Señores:

    Tengo la siguiente situación que voy a tratar de exponer de la forma mas clara y concreta posible a fin de saber si tengo derecho a una liquidación.

    Actualmente trabajo para una empresa legalmente consituida en México paro que pertenece a una empresa de capital alemán.

    Por razones propias de la empresa, me están ofreciendo cambiar mi residencia y mi contrato de México para Brasil, sin embargo en esta transferencia, no me están reconociendo la antigüedad generada hasta el momento y que es de 7 años. En Brasil voy a iniciar con un nuevo contrato como si fuera un nuevo empleado y me están solicitando que renuncie de manera voluntaria a la entidad mexicana sin ningún pago, mas que el finiquito de mis partes proporcionales. Mi duda es sí en este caso no debería de ser tratado como una liquidación ya que en este cambio pierdo mi antigüedad?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 356123

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Efectivamente si va ha laborar con otra empresa debe primeramente la empresa con la que esta liquidarlo, siempre y cuando no renuncie voluntariamente, y si continúa interesado en sus servicios debe de contratarlo nuevamente, no lo pueden condicionar a firmar una renuncia que no es voluntaria, se debe de terminar la 1er relación laboral para poder iniciar la otra, solo aplica en el caso de que se trate de patrón sustituto que por lo que se ve no es el caso.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes 



  • Autor
    Respuesta No: 356124

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Efectivamente si va ha laborar con otra empresa debe primeramente la empresa con la que esta liquidarlo, siempre y cuando no renuncie voluntariamente, y si continúa interesado en sus servicios debe de contratarlo nuevamente, no lo pueden condicionar a firmar una renuncia que no es voluntaria, se debe de terminar la 1er relación laboral para poder iniciar la otra, solo aplica en el caso de que se trate de patrón sustituto que por lo que se ve no es el caso.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes 



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión