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DERECHO SUCESORIO
- Consulta : 158901
- Autor : aleliglez_89_NR
- Publicado : Jueves 05 de Julio de 2012 14:36 desde la IP: 187.146.200.244
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,108
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Nayarit
Hola, quisiera saber si me pueden ayudar con la siguiente cuestion.
5 personas heredan un inmueble, pero una de ellas tiene problemas con hacienda, por lo cual los otros herederos quieren llegar a un acuerdo para que éste no aparezca en la sucesion, ¿qué es lo mas conveniente que deba hacer y que efectos produciría?
renunciar o repudiar la herencia?
o hacer una cesion de sus derechos hereditarios?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 273375
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Julio de 2012 15:16 2012-07-05 15:16 desde IP: 189.221.154.129
Hola, saludos.
Lo más conveniente es que repudie su herencia, es decir, lo que en derecho le corresponda.
Lo realiza dentro del mismo juicio de sucesión.
Buen dia
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Autor
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AutorRespuesta No: 273376
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Julio de 2012 15:20 2012-07-05 15:20 desde IP: 201.134.218.242
Estimado forista, buena tarde.
Eso es "conveniente", siempre que los otros 4 herederos, estén de acuerdo en que una vez que se haya realizado la adjudicación de los bienes que conforman la masa herdeitaria, le vayan a "pasar" la parte que le corresponde.
Si la relación es buena entre todas las personas (5 herederos), pues no debería haber mayor complicación. Sin embargo, la experiencia nos dice, que al momento en que se va a regularizar el trato que se tiene, algunos ya no quieren, y entonces el que repudio la herencia, se queda SIN NADA, porque repudio lo que le correspondia.
Saludos cordiales.
RAHR
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Autor
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AutorRespuesta No: 273377
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Julio de 2012 15:38 2012-07-05 15:38 desde IP: 189.155.101.125Estimado (a) aleliglez_89_NR: Primeramente tiene que saber que es lo que quiere esa quinta persona, usted esta decidiendo por ella? o es la voluntad de esa quinta persona repudiar la herencia ?. Le informo que dentro de los juicios sucesorios todos los hijos tienen derecho a una parte alicuota de los bienes que hubiese dejado el fallecido (de cujus), es necesario que esa quinta persona tenga conocimiento del procedimiento judicial que se va a iniciar, ya dentro de ese procedimiento esa persona podra acudir al tribunal o no a ejercitar sus derechos.Evadir obligaciones y responsabilidades tambien tienen consecuencias juridicas. Posiblemente usted quiera otra cuestion y lo correcto deberia plantear la pregunta con base a la verdad y asi se le podria dar la mejor opinion o recomendacion. Lo anterior le digo por que dentro de esta foro se le podrian dar ciertos tips que son legales y correctos, como la cesion de derechos hereditarios a titulo oneroso, el repudio, etc, sin que afecte a esa quinta persona, exiten opciones. Le invito que consulte a un abogado titulado que conozca la materia familiar en especial las sucesiones, recuerde que la consulta de un perito en derecho tiene un costo. Saludos y epero que le sirva mi opinion.
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