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ASESORíA LEGAL INMOBILIARIA (HIPOTECA)

  • Consulta : 117428
  • Autor : gmg08_NR
  • Publicado : Miércoles 22 de Junio de 2011 14:43 desde la IP: 148.243.152.13
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,106
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  • Autor
    Consulta

  • gmg08_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Respetables abogados(as):

    Me dirijo a ustedes para consultarlos sobre el siguiente caso:

    Un particular es propietario de un edificio con tres departamentos (Lo llamaremos "el arquitecto" para identificarlo más adelante). Este vendió  uno de los departamentos a una mujer jubilada ("la jubilada") y los otros dos están desocupados.

    Resulta que la jubilada se entera que el arquitecto hipotecó el inmueble (no sabe con quién) y que, por falta de pago, lo ha perdido. La jubilada contacta al arquitecto para pedirle explicación del asunto. Este no niega los hechos y le ha pedido a la jubilada sus papeles de propietaria del departamento para "ayudarla" con el trámite legal, pero que no se preocupe pues no está en riesgo de perder su vivienda. Por supuesto, la jubilada no le ha entregado nada. También ella le pidió al arquitecto le mostrara los papeles del embargo para estar enterada del caso y saber exáctamente con qué se va a enfrentar. Sin embargo, el arquitecto se los negó y ni siquiera le dio la información verbalmente. Sólo le dijo que no se preocupara.

    Ella teme que en cualquier momento venga el "nuevo dueño" del edificio a desalojarla de su patrimonio.

    ¿Qué puede hacer? ¿Se tiene que amparar para evitar un desalojo? ¿Tiene que demandar al arquitecto por fraude? ¿El nuevo propietario puede desalojarla?

    Por favor, ojalá puedan asesorar qué hacer o a quién acudir.

    Es obvio que la jubilada tiene que contar con un abogado, pero no cuenta con muchos recursos económicos.  Si alguien puede llevar su caso a un costo accesible se los agradecería. 

    Reciban un cordial saludo.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 228264

  • RIVALEGAL
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

    De acuerdo a lo que relata, es importante el conocer los detalles de la compraventa, pues como Usted lo dijo “el arquitecto” le vendió a “la jubilada” uno de los departamentos, por lo tanto habría que analizar si en la escritura pública el inmueble objeto de la compraventa está catalogado bajo el régimen de propiedad  en condominio,  pues de ser así el inmueble está perfectamente delimitado y cada departamento pasa a ser un “inmueble independiente”,  y este no podría haber sido hipotecado pues ya está fuera de los bienes “del arquitecto”.

    De ser así,  ”la jubilada” no tiene ningún problema, pues “el arquitecto“ tiene pleno derecho de hipotecar sus bienes, y el nuevo dueño solo tendrá injerencia en estos inmuebles, sin poder afectar el departamento de “la jubilada”.

    Es importante el analizar a la brevedad la documentación correspondiente para en su caso interponer los medios de defensa correspondientes, pues de existir algún posible  fraude por parte del “arquitecto” este sin duda huira para evadir la acción de la justicia.

    Para una mayor asesoría de su caso, le pedimos que se ponga en contacto con nosotros a través de nuestra oficina virtual de este mismo medio, o bien directamente en nuestro portal electrónico rivalegal

    Atentamente

    Rivalegal



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