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ACUERDO EXTRA JUDICIAL
- Consulta : 172467
- Autor : nr_NR
- Publicado : Miércoles 10 de Octubre de 2012 10:09 desde la IP: 200.52.43.112
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,104
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 10 de Octubre de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Licenciados(as)
Acudo a ustedes por una orientación la cual consiste en lo siguiente: Hay un juicio por Despojo y se llegó a un acuerdo extra judicial (sin sentencia) y se comprometieron en entregar la posesión física y material de la casa, por lo que me surgen las siguientes dudas:
1.- Esto sería sin o con un representante del Juzgado;
2.- La parte Defensora lo va a entregar a la parte Ofendida o debe ser el enjuiciado;
3.- Hay que firmar algún documento y cual sería;
4.- Hasta hoy es todo de palabra y sin manifestación en la Causa Penal.
Gracias y espero haber plasmado las palabras idóneas y no causarles confusión.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 288209
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Octubre de 2012 10:44 2012-10-10 10:44 desde IP: 189.188.75.34
Este acuerdo debe de ser presentado ante el Juez de la causa penal para que tenga efectos juridicos ya que para que proceda debe de existir el perdon del ofendido y ahi mismo se haga la entrega judicial para que posteriormente se de la material; es mas recomendable.
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