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RENUNCIA VOLUNTARIA

  • Consulta : 217011
  • Autor : cruzfraidec_NR
  • Publicado : Sábado 21 de Diciembre de 2013 13:40 desde la IP: 187.206.216.124
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,107
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  • Autor
    Consulta

  • cruzfraidec_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes

    Tengo quince años de trabajar para una empresa, y voy ha renunciar, me puede orientar de como me deben de liquidar

    Por favor envieme sus comentarios

     

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  • Autor
    Respuesta No: 335999

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted renuncia voluntariamente teniendo MÁS de 15 años de antigüedad, el patrón debe pagarle un finiquito que comprende las siguientes prestaciones:

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al quinceavo año de servicios, en caso que no las haya disfrutado.

    Vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado a partir de los quince años de antigüedad cumplidos y hasta el día de su renuncia.

    Aguinaldo proporcional al tiempo laborado en el año; en el caso, si usted renuncia el 31 de diciembre, esta prestación ya debió serle pagada antes del 20 de este mes.

    Sueldos y prestaciones devengadas a la fecha de la renuncia.



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