BUENAS TARDES.
Escribo esto porque tengo una duda sobre que recurso debo de utilizar para que subsanen un error en mi auto de exequendo, y el ¿por qué ese recurso seria el idóneo?, quisiera leer los diferentes puntos de vista de los abogados de este foro.
Ahora bien, el problema es el siguiente:
1.- al revisar mi auto de exequendo en donde admiten todas mis prestaciones menos una, que era el cobro del impuesto del valor agregado, el fundamento del Juzgado fue, por que no estaba pactada en el título de crédito base de la acción, pero que si esta en mi título de crédito base de la acción.
2.- al señalar el error al juzgado, estos me contestan que no pueden subsanar el error y me dicen que tenía que presentar un recurso para que se cambie el auto, y se acepte la prestación que ellos mismos omiten poner.
3. -ahora bien, el juicio es de cuantía menor por lo que según el código no admite recurso de apelación, y mis opciones según yo se vuelven a revocación y reposición del auto.
Ahora mis preguntas serian:
1.- ¿puedo apelar un auto de menor cuantía a la que marca el código de comercio?
2.- ¿porque resulta procedente la apelación y no el recurso de revocación y reposición?
3.- ¿porque resulta procedente el recurso de revocación y reposición?
4.- ¿en qué sentido tendría que ir mi apelación o mi revocación y reposición?
Y pues lo demás que me puedan agregar sería de gran utilidad, muchas gracias y espero que respondan mis dudas.