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CONTRATO PRIVADO DE RENTA CON OPCION A COMPRA

  • Consulta : 127920
  • Autor : vmbienesraices60_NR
  • Publicado : Sábado 15 de Octubre de 2011 13:21 desde la IP: 187.135.131.139
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
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  • Autor
    Consulta

  • vmbienesraices60_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Puebla

    quisiera elaborar un contrato privado de renta con opcion a compra de una casa graciasD

     

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  • Autor
    Respuesta No: 242090

  • oscar salas
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que usted pide es ambiguo. O bien elabora un contrato de arrendamiento o bien un contrato de promesa de compraventa.. pero no ambos en un mismo contrato.. Son diferentes los alcances legales en uno y otro...



  • Autor
    Respuesta No: 242198

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Claro que puedes  hacer un contrato de arrendamiento con opciòn a compra. Es solo una clausula:

    CLAUSULA... .- Ambas partes estan de acuerdo que  el arrendatario es preferente para la compra del inmueble objeto de este contrato, señalando que tal tiemne un precio de $.... y cuyas medidas y colindancias estan amparadas dentro del folio real num....  asentado en el registro publico y que lo es la escritura publica num... levantada ante el  lic. y notario publico num... de la ciudad de.... ; acuerdan que el  arrendatario presentara  en deposito judicial el 255 del valor del inmueble como enganche en un termino no mayo de 4 meses y una vez fime el deposito, el arrendador  pasara a ser vendedor y otorgara un contrato ante notario y las condiciones del restante del pago y las observaciones de compraventa que la ley dispone.En el entendio que  si en fecha... no ha  sido hecho deposto, queda libre la propiedad para ser vendida a cualqueira otro y el arrenataril no tendràderecho  al tanto o a otro tipo de recompensas, debiendo desocupar el inmueble al momento de formalizarse la venta con el yercero  que lo compre.

    Me extraña, la aseveracion del Colega, este tipo de contratos es de lo mas comun, pero siempre deben levantarse ante notario publico para hacer valer los contenidos y firmas, no ante testigos, ya que las ventas estan sujetas al codigo civil del estado y este siempre señalarà que cuando se trata de bienes inmuebles, los contratos se lavantan ante  fe notarial. En su caso, se inscribe  en el registro pùblico o en el catastro del estado.



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