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PENSIóN ALIMENTICIA Y PATERNIDAD
- Consulta : 191152
- Autor : tan_3p_NR
- Publicado : Miércoles 20 de Marzo de 2013 01:43 desde la IP: 189.221.47.199
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 20 de Marzo de 2013
Estado de Referencia: Yucatán
Tuve un hijo con una chica del trabajo que no era mi novia, estuve pasandole dinero durante todo el embarazo, ahora que nació el bebé no sé qué hacer porque ella me dice que lo que le mando no es suficiente y siempre quiere más, todas las cosas del bebé: carreola, cuna, bañadera, ropa y por el estilo se las he dado, pero ella no trabaja porque la sacaron de dónde trabajaba cuando supieron que estaba embarazada, vive con sus padres y un hermano, su padre es velador y su mamá no trabaja actualmente, el hermano se desaparece por días. Soy soltero, vivo en la casa paterna donde aporto para los gastos, mi papá es plomero pero no puede hacer muchos esfuerzos porque se marea, mi mamá padece de artritis y osteoporosis, cuida a tres de mis sobrinos porque mi hermana no tiene otra persona qué le ayude a cuidarlos, por ello le dá un poco de dinero pero vaya los gastos fuertes en casa yo los hago, estoy muy angustiado porque por todo lo que he tenido que pagar entre las cosas del bebé y lo que le paso mensualmente no he podido colaborar con los gastos de mi casa en muchas ocasiones y si el juez decide que debo dar más cómo lo van a hacer mis padres, qué es lo que corresponde en estos casos. No es que quiera desentenderme del niño, pero me parece que ésta chica me está viendo como la oportunidad para salir de pobre, entiendo que es responsabilidad de los dos, tomamos o más bien tomé una mala decisión y he aquí las consecuencias, sinembargo quisiera encontrar una solución que no prive al bebé de sus derechos sin que ello traiga repercusiones para mis padres. Entiendo que siempre se beneficia a la madre, pero no es del todo cierto que ellas sean víctimas en el 100% de los casos, cómo ven yo he dado de todo lo que he podido pero ella pide más y no hace de su parte ni su familia para colaborar con los gastos del bebé, siendo que no somos ni fuimos pareja de ningún tipo, sólo amigos y compañeros de trabajo.
POR FAVOR ESPERO UN CONSEJO, ORIENTACIÓN, ALGO QUE ME AYUDE URGENTEMENTE. (tan_3p)
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 311478
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 01:46 2013-03-20 01:46 desde IP: 50.117.61.48
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Autor
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AutorRespuesta No: 311486
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:02 2013-03-20 02:02 desde IP: 189.221.47.199
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AutorRespuesta No: 311489
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:18 2013-03-20 02:18 desde IP: 50.117.61.48
Mira, para evitar el litigio, lo mas recomendable es llegar a un acuerdo con la madre y hacerlo ante un notario, ya que si nolo haces, ella esta en su libre derecho de demandar pension alimenticia. tu podras decir ¿pero si no lo registro como me va a pedir pension si no tiene mis apellidos? independientemente, la no paternidad del menor tienes que comprobarla tu, ya que el hijo no puede quedarse sin recibir alimentos y es completamente legal .
Por ello la importancia del acuerdo notarial, evitan los 2 pagar abogados y se ponen de acuerdo al monto de la pension.
algo muy importante es que los pagos que le des a ella despues del acuerdo notarial, deben ser directamente a una cuenta bancaria de preferencia coppel, famsa, bancomer ¿Porque a estos bancos y no en cualquier otro? Por el simple hecho que los recibos se conservan mas y no se borran como elektra, y si no son legibles pierden todo valor probatorio, y es muy importante que los conserves, ya que si se llega a dar una demanda, ella argumentara que no ha recibido nada por parte tuya y es cuando tu presentas los recibos.
Para cualquier asesoria estoy a tus ordenes.
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AutorRespuesta No: 311491
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:35 2013-03-20 02:35 desde IP: 189.221.47.199
Se lo agradezco infinitamente, aun tengo unas dudas, si ella no quiere ningún trato y de plano quiere ir a juicio cuánto en porcentaje sería lo que estimaría el juez que debo proporcionar, si me demanda, puede alegar qué no he pasado ningúna cantidad durante su embarazo, yo cómo podría respaldarme para no pagar supuesto cargos atrasados que sí he pagado.
A parte, si acepta el trato, por cuánto tiempo se conservan esos recibos de depósito de los bancos previamente mencionados, sería conveniente sacarles fotostáticas o tampoco se consideran como pruebas, o bien, se consideran pruebas los recibos originales dentro del lapso en que éstos son legibles, osea lo que quiero decir, es por ejemplo: voy a depositar a bancomer hoy, el talón de depósito tarda alrededor de tres meses por decir algo, el juez solicita los talones de los últimos tres meses o bien solicita los de todos los años que se han pagado o de un lapso de tiempo determinado. A ver si no he complicado más las cosas con lo que he tratado de decir.
De todas formas, en verdad que valoro y agradezco mucho su ayuda.
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AutorRespuesta No: 311492
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:43 2013-03-20 02:43 desde IP: 50.117.61.48
A resumen, la demanda se ingresa en la oficilia de partes del juzgado y al notificarte, debes contestar la demanda, y es en ese momento donde se te asigna una cantidad a pagar que cambiara a tu favor o a tu contra, dependiendo de las pruebas que se presenten ( ella debera presentar un estudio socioeconomico con las necesidades del menor, ya que los alimentos los pagaran los 2, no solamente tu).
Con respecto a los recibos, te va a pedir todos, ya que ella argumentara en la demanda ( como todos los abogados lo hemos hecho al realizar demanda por alimentos ) que no se ha recibido ninguna cantidad por tu parte, por ello la improtancia de presentarlos todos, he tenido demandas que me han presentado hasta 5 años en recibos y si estan bien cuidados, son completamente legibles y sirven como valor probatorio. por ello te recomendaba esos bancos.
Con respecto a los gastos, cuando se pide la pension alimenticia, no se toman en cuenta los gastos realizados ya que esos gastos ya estan sufragados, es decir, ya se hicieron esos pagos y lo unico que se pide en la demanda, es la pension mensual para sufragar las necesidades como comida, servicio medico, ropa, pañales, lo mas necesario, ya que por su edad, no vas a pagar educacion porque aun no le corresponde.
Cualquier duda estoy a tus ordenes.
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AutorRespuesta No: 311493
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:43 2013-03-20 02:43 desde IP: 189.221.47.199
Otra cosa, cómo seguro va a ser una cuenta de débito, qué tan recomendable sería que la habriéramos entre los dos para ver la manera que aunque esté a su nombre la cuenta, los estados de cuenta lleguen a mi domicilio (que no tengo certeza de que se pueda hacer) porque de esa manera se podría observar cuántos depósitos se han realizado y cuántos retiros, es probable y factible tanto bancariamente hablando como prueba en caso de demanda de su parte?
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AutorRespuesta No: 311495
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:49 2013-03-20 02:49 desde IP: 50.117.61.48
La cuenta la tiene que abrir ella, ya que el mal uso que pueda llegar a hacerlo recae solamente en ella, tu manera de comprobar que cumples con tu obligacion de dar alimentos es con los comprobantes de deposito, no necesitas nada mas.
Los estados de cuenta unicamente llegaran a la direccion del dueño de la cuenta, existen las cuentas mancomunadas, donde mas de una persona pueden hacer movimientos en ella, pero solo se puede registrar un domicilio para hacer llegar los estados de cuenta.
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AutorRespuesta No: 311497
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:53 2013-03-20 02:53 desde IP: 189.221.47.199
Alguien que se encuentre en casos similares al mío, ha tenido un juicio favorable? lo digo porque a pesar de ver mucho más claramente la situación ahora con su dirección, supongo que quien no lleva al hijo en el vientre siempre es el villano y debe pagar daños económicos, psicológicos, morales o no sé qué tanto y lo hasta cierto punto lo entiendo porque tengo hermanas y sobrinos, pero es algo desalentador, mañana al trabajo, salir tarde como todos los días y eso de ponerse de acuerdo con la chica en cuestión y los litigios es cosa que no verán con buenos ojos mis jefes patronales y así sucesivamente se van sumando las preocupaciones, o estoy haciendo un mar en un vaso de agua, por el momento.
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Autor
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AutorRespuesta No: 311498
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 02:55 2013-03-20 02:55 desde IP: 50.117.61.48
Por el momento no pienses en un litigio porque para que se de, ella tiene que invertir una buena cantidad de dinero, lo mas barato que yo he visto por un juicio asi son $9000.00, para que sea de manera favorable, ya que los abogados de oficio, no son siempre responsables ya que tienen muchos casos y no les dan la atencion que se merece cada uno. Trata de llegar a un convenio con ella, y dile desde ahora que se abra una cuenta bancaria y tu vas a ir depositando mes con mes para sufragar los gastos del menor, asi pueden estar por años sin que haya necesidad de un juicio.
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AutorRespuesta No: 311499
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 03:01 2013-03-20 03:01 desde IP: 189.221.47.199
De acuerdo, trataré de que lleguemos a algo lo más pronto posible porque el bebé saldrá pronto y hay que ir a registrarlo, quue es lo que seguramente me está diciendo en un par de horas, y ni hablar, es lo que hay que hacer.
Gracias por su atención a pesar de la hora
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Autor
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AutorRespuesta No: 311503
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 09:48 2013-03-20 09:48 desde IP: 189.221.47.199
Buenos días, me encuentro por aquí de nuevo, estuve preguntándome de cuánto sería un trato razonable con la madre de mi hijo, un aprox. talvez que lo pueda calcular considerando tales o cuales cosas. Mis gastos mensuales ascienden entre $4,500 y $5,500 mensuales, entre lo que hay que pagar en la casa y los gastos de comida y transporte al trabajo al día, repito es un aprox. recuérdese que no tengo casa propia ya que vivo en la casa paterna. Ahora bien, ella tampoco la tiene, renta casa junto a su familia. Por eso mi pregunta para tomar en consideración ambas partes y que todos estemos conformes y que al bebé no le falte sustento suficiente.
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AutorRespuesta No: 311526
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 12:01 2013-03-20 12:01 desde IP: 189.221.47.199
Yo estoy dado de alta con salario mínimo y ella igual que yo no tiene casa propia, renta casa la cual está en no muy buenas condiciones, esto podría ser que origine que tenga qué absorber mayor porcentaje de los gastos del bebé?
Podría ser que por las condiciones en las que vive, que no son deplorables pero sí llena de carencias, pasara la custodia del bebé a mis manos?
Digo todo lo anterior porque hace unos momentos me llamó para pedirme pañales y leche porque dice no salirle leche, siendo que el sábado que acaba de pasar le he hecho entrega del dinero que mes a mes le paso.
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AutorRespuesta No: 311535
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:00 2013-03-20 13:00 desde IP: 187.167.158.170
el bb no tiene tus apellidos por lo q no estas obligado a nada legalmente con el bb por el momento no puede proceder nada en tu contra ya q no tienes obligacion legal alguna.
en dado caso de q ella quiera obligarte tendra q iniciar un juicio de reconocimiento de paternidad en lo q ella tendra q erogar lo de la prueba de genetica (AdN) y si la sentencia sale favorable a ella, es decir, que la prueba diga q tu eres el padre del menor, entonces el juez te obligara a q le reconozcas como tuyo dandole apellido y la ley te otorgara los derechos y obligaciones para con el bb, los derechos es a la convivencia q puedas tener con el bb y las obligaciones a la pension alimentica, misma q sera de acuerdo a tus percepciones laborales.
en caso de q la prueba sea negativa no tendras obligacion alguna.
en cuanto a la leche q no le sale ella tiene q estimular a q eso pase ya q como esta en incubadora el bb no puede estimular para q salga leche. comprale un tiraleche es lo mejor si es q sientes la obligacion moral de hacerlo porq crees o estas seguro q el bb es tuyo, lo unico es q nadie te puede obligar lo imposible
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AutorRespuesta No: 311537
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:05 2013-03-20 13:05 desde IP: 189.221.47.199
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AutorRespuesta No: 311539
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:10 2013-03-20 13:10 desde IP: 187.167.158.170
no ella no puede solicitar pension alimenticia mientras el bb no este registrado legalmente por ti, y para q eso pase tiene q iniciar un juicio de paternidad si tu te niegas por no estar seguro q ese bb no sea tuyo o por las razones q tengas una vez q la sentencia le sea favorable en el juicio de paternidad ( q los estudios sean concluyentes en concederte la paternidad) entonces ella podra iniciar juicio de alimentos en caso de q ella lo inicie no sera procedente
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Autor
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AutorRespuesta No: 311540
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:10 2013-03-20 13:10 desde IP: 189.221.47.199
Recapitulando, a ver si entiendo, ella solicita pensión alimenticia aunque el bebé no esté registrado con mi apellido, qué procedería, porque según había entendido, yo tendría que tratamitar la no paternidad, esoy bien?, de tal suerte, que sin importar si ella realiza primero el juicio por paternidad para que posteriormente se le pase pensión alimenticia, su abogado ya sea particular o de oficio podría recomendarle ese camino para acortar procedimientos o qué se yo? cómo debiera entonces proceder?
Reconocer al bebé sería lo más adecuado para evitarme pagar la prueba de paternidad, o bien, no registrarlo y porqué serían tales o cuales razones la mejor decición a tomar?
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AutorRespuesta No: 311543
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:17 2013-03-20 13:17 desde IP: 50.117.61.48
Exactamente, es lo mas adecuado y correcto registrarlo, ya que evitarias pagar un abogado para defenderte en el juicio ademas de los analisis de ADN, no te mencione ese aspecto ya que aceptas que es tu hijo y que vas a hacerte cargo de los gastos, ademas de que bajaria el monto de la pension que le pasarias cuando das de alta a tu hijo en el servicio medico imss y lo demuestras con recetas, o el papel de inscripcion al imss.
En otro caso que no lo quieres registrar y ella pida la pension, el juez forsozamente te pondra un pago de pension alimenticia, seas o no seas el padre, ya que el menor no puede quedarse sin alimentos. A parte de que el menor acaba de nacer, y al estar en incubadora es un hecho que no se le ha podido dar registro pero si ya paso de las 48 horas de nacido, ya es una persona que goza de derechos.
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AutorRespuesta No: 311544
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:21 2013-03-20 13:21 desde IP: 187.167.158.170
quien tiene q iniciar el juicio de paternidad es la señora no tu eres tatius o eres alor no te confundas to asesoro al padre no a la madre......
si no hay reconocimiento de paternidad no puede haber demanda de pension alimenticia
ahora bien si estas al 100% seguro de q eres el padre reconocelo y pasale pension alimenticia acude con abogado de tu confianza y deposita en el juzgado el15% de tu salario o bien el equivalente al slario minimo de tu entidad
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Autor
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AutorRespuesta No: 311546
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:41 2013-03-20 13:41 desde IP: 189.221.47.199
Ah bien, no procede pensión alimenticia si no hay un previo de paternidad favorable, si se inicia el juicio de paternidad ese costo, ella lo cubre y después debo pagar como daños y prejuicios, o bien, el costo del análisis o peritaje de paternidad debo costearlo únicamente yo?
Pienso ser el padre del niño sinceramente, pero como se dieron las cosas, también pienso que ella así lo decidió, es decir, que quizo embarazarse ahora, lo que me hace dudar un poco por ese detalle. (No quisiera dar explicar de más porque como haya sido, tuvo consecuencias que no se pueden evadir y tampoco es juzto para el bebé).
Aun con todo lo anterior, usted sigue considerando que sea lo más adecuado registrar al pequeño?
Insisto mucho porque ya es pronto que deba hacerlo y no quiero ser víctima de chantaje como tampoco el villano de la historia, espero me comprenda.
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AutorRespuesta No: 311547
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 13:45 2013-03-20 13:45 desde IP: 187.167.158.170
en efecto ya entendiste si quieres o tienes la obligacion moral de reconocerlo hazlo pero te recomiendo q los depositos de la pension alimenticia debes hacerlo en el juzgado una vez q le hayas reconocido no abras ninguna cuenta porq las papeletas de deposito luego se borran y ni comprobar q has pasado alimentos y mas si la cuenta es de la señora y las copias simples no te sirven para probar en un jucio.
si vas a hacerlo en el juzgado deposita el 15% de tu salario o bien el equivalente al salario minimo
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Autor
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AutorRespuesta No: 311549
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 14:00 2013-03-20 14:00 desde IP: 189.221.47.199
Cómo sería en el juzgado el pago de la pensión, osea, vamos, lo registramos y apartir de ahí cómo voy al juzgado a depositar?, ahí mismo en el registro civil lo manifiesto, o voy a cual procuraduría para abrir una cuenta o no sé cómo llamarle, o bien, cómo se llevaría a cabo el procedimiento?
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Autor
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AutorRespuesta No: 311554
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 14:55 2013-03-20 14:55 desde IP: 187.167.158.170
lo registras vas con un defensor de oficio o abogado de tu confianza entonces iniciara un procedimiento judicial no contencioso o jurisdiccion voluntaria o como lo contemple el codigo civil de tu entidad y depositaras la cantidad del 15% de tu salario o bien el equivalente a un salario minimo vigente en tu entidad q es lo q le corresponde al menor ya q tu unica obligacion sera con el y no con la madre, el abogado sabra q hacer y de ahi pa delante depositaras como te paguen ya sea quinal o mensual, pero no dejes de hacerlo porq en caso contrario la madre si se asesora puede levantarte una denuncia penal por el incumplimiento de las obligaciones alimentarias o de asistencia familiar. Ojo tambien puede iniciar una demanda de pension alimenticia si no le gusta lo q le otorgas para el bb pero la ventaja q tendras es q el juez sera benevolo contigo y al final terminara fallando con el 15% de tu salario (esto es casi un criterio generalizado y ojo dije casi).
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AutorRespuesta No: 311555
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 14:55 2013-03-20 14:55 desde IP: 187.167.158.170
lo registras vas con un defensor de oficio o abogado de tu confianza entonces iniciara un procedimiento judicial no contencioso o jurisdiccion voluntaria o como lo contemple el codigo civil de tu entidad y depositaras la cantidad del 15% de tu salario o bien el equivalente a un salario minimo vigente en tu entidad q es lo q le corresponde al menor ya q tu unica obligacion sera con el y no con la madre, el abogado sabra q hacer y de ahi pa delante depositaras como te paguen ya sea quinal o mensual, pero no dejes de hacerlo porq en caso contrario la madre si se asesora puede levantarte una denuncia penal por el incumplimiento de las obligaciones alimentarias o de asistencia familiar. Ojo tambien puede iniciar una demanda de pension alimenticia si no le gusta lo q le otorgas para el bb pero la ventaja q tendras es q el juez sera benevolo contigo y al final terminara fallando con el 15% de tu salario (esto es casi un criterio generalizado y ojo dije casi).
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AutorRespuesta No: 311559
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 15:18 2013-03-20 15:18 desde IP: 189.221.47.199
Me parece que en definitiva es lo mejor lo que me comenta y me imagino que ha de ser mucho más rápido y menos costoso el procedimiento judicial no contencioso o jurisdiccion voluntaria que entablar el de paternidad, pensión, etc.
Inmediatamente de registrarlo debo realizar dicho trámite?, el mismo día? porque mientras el tiempo pasa supongo es peor he de suponer
Darlo de alta ante el seguro social deberá ser inmediatamente después de registrarlo ciertamente, ella tiene seguro popular, y como me había mencionado eso disminuye el monto de la pension que le pasaria demostrándolo con el papel de inscripcion (dado que lo más probable es que no sería yo quien lleve al niño a consulta), eso aumentaría mis probabilidades de que llevando a cabo el trámite de jurisdicción voluntaria y siendo que ella estuviese a disgusto y exija pensión alimenticia, de que el juez sea benévolo conmigo? o ese casi criterio generalizado ya iba incluido en el plus de imss?
No se mal entienda mi pregunta, por su puesto que con bajar el monto de la pensión no me refiero que sea menor del 15% la pregunta no va por ahí, va por aquello de la benevolencia del juez en caso de que la madre estuviera inconforme.
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Autor
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AutorRespuesta No: 311563
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 15:41 2013-03-20 15:41 desde IP: 189.221.47.199
Otra inquietud, trabajo en el ramo de la construcción y he cambiado de trabajo en los últimos 5 años tres veces. Algunas ocasiones, cuando las obras terminan no se te renueva el contrato, los cuales son por tres meses en prácticamente todos los casos, me mencionaba que si dejaba de pagar ella podría demandarme penalmente, aplicaría inclusive si no tienes trabajo por los motivos que he explicado?, porque tengo entendido que el fallo de ese tipo de demandas va de tres meses a 6 años creo, de prisión, debido al incumplimiento de pensión alimenticia y no vaya que me dé la mala suerte pa variar que en unos meses o un año me pase algo así.
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AutorRespuesta No: 311659
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 20:34 2013-03-20 20:34 desde IP: 187.167.158.170
si puede interponer la denuncia siempre y cuando a proposito tu dejes de trabajar, pero sii llegase el caso de q te encontraras sin trabajo en el momento q te avisen q no vas a trabajar mas tienes q dar aviso al juzgado donde inicies la jurisdiccion voluntaria o bien si a tu pesar te llega a demandar la pension entonces en ese juicio tienes q dar aviso q no estas trabajando....no se te puede obligar a lo imposible
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AutorRespuesta No: 311668
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Marzo de 2013 21:29 2013-03-20 21:29 desde IP: 189.221.47.199
Me parece que en definitiva es lo mejor lo que me comenta y me imagino que ha de ser mucho más rápido menos costoso el procedimiento judicial no contensioso o jurisdicción voluntaria, que entablar, el juicio de paternidad, pensión, etc.
Inmediatamente después de registrar al bebé debo realizar dicho trámite? el mismo día? porque mientras el tiempo pasa, supongo es peor he de suponer.
Darlo de alta ante el seguro social deberá ser inmediato después de registrarlo ciertamente, realizar este trámite aumentará mis probabilidades de que, en dado caso que ella llegara a estar inconforme con lo que le deposite en el juzgado y solicite pensión alimenticia, el juez se pronuncie benévolo con mi persona o bien, ese "casi en todos los casos" que previamente me había mencionado, seguiría siendo casi?
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AutorRespuesta No: 311708
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Marzo de 2013 18:09 2013-03-21 18:09 desde IP: 187.167.158.170
si tiene q ser lo mas pronto posible despues q registre al menor
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