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RETIRAR PENSION ALIMENTICIA
- Consulta : 242605
- Autor : borjaegresos_NR
- Publicado : Lunes 22 de Septiembre de 2014 16:24 desde la IP: 148.204.123.24
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 22 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366228
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Septiembre de 2014 17:55 2014-09-22 17:55 desde IP: 189.192.185.243
Claro que puede, tecnicamente se llama desistimiento, pero lo mejor es realizar un convenio y presentarlo en el juzgado, pues recuerde que a las palabras se las lleva el viento, ahorita le dicen que le van a dar pero nada le garantiza el cumplimiento de esa obligación, lo mejor es que si llegaron a un acuerdo sea ratificado ante la autoridad, así se evita futuros problemas y obvio buscar a un abogado.
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