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PAGO AL IMSS POR OBRA YA CONSTRUíDA
- Consulta : 239788
- Autor : Alejandra Diaz
- Publicado : Martes 26 de Agosto de 2014 14:09 desde la IP: 132.248.33.105
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 26 de Agosto de 2014
Estimado miembros de foro:
Les comento mi caso ya que en fechas recientes me ha dado mucha ansiedad saber si tengo un problema grave o no.
En el año 2009 comencé la construcción de mi casa para lo cual contraté a un maestro albañil, se registró la obra ante el IMSS y comencé a pagar las cuotas del IMSS de los 2 trabajadores que acompañaban al maestro (3 cuotas en total contando al maestro). Al cabo de 5 meses tuve un problema personal con el maestro y me dejó botada la obra en obra gris. Para continuar con los trabajos de instalaciones eléctricas mi esposo se encargó de estos trabajos ya que el és ingeniero eléctrico y metimos una carta al IMSS aclarando esta situación así como el hecho de que los trabajos de pintura los llevaríamos a cabo entre él y yo con ayuda de sus hermanos, y en esas condiciones nos metimos a vivir en la casa para dejar de pagar renta. En este momento se metió el aviso de suspensión de obra. Posteriormente se realizó una ampliación de 60 m2 a la casa y en esta ocasión contraté a otro maestro quien me pidió le pagara a él lo que daría de cuotas del IMSS argumentando que el servicio mèdico es pésimo (el maestro tuvo una muy mala experiencia allí con uno de sus hijos) y que ese dinero les era de mayor utilidad de manera líquida a él y sus trabajadores, por lo que no dí de alta la reanudación de los trabajos de construcción de la ampliación. Finalmente, al cabo de 4 años, se colocaron los pisos (en junio de 2013) por lo que dimos por terminada la obra, pero no dimos el aviso de terminación ante el IMSS. Mis dudas ahora son las siguientes:
1) ¿Creen que debo acudir a las instalaciones del IMSS para pedir que me cobren lo que no dí de cuotas y que me hagan el famoso cálculo por m2 de construcción? No he recibido notificación ni requerimiento alguno.
2) En caso de que me hagan el cálculo, ¿hay manera de asegurarme que los trabajos que realizamos en familia (instalaciones eléctricas y pintura) no sean incluidos en el cálculo?.
3) He visto que en algunos foros se maneja que a los 5 años el IMSS ya no puede pedir el pago de cuotas ¿es esto cierto? ¿son 5 años a partir de cuándo? ¿creen que debería esperar a que me llegue el requerimiento y entonces pagar? ¿o esperar a que el IMSS no pueda requerir el pago?
De antemano mil gracias por su consejo y ayuda.
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AutorConsulta
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