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DUDA SOBRE DERECHOS PATERNOS SOBRE HIJOS NO REGISTRADOS
- Consulta : 256683
- Autor : marely11_NR
- Publicado : Martes 17 de Febrero de 2015 18:27 desde la IP: 187.141.132.2
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 17 de Febrero de 2015
Estado de Referencia: Sinaloa
Buenas tardes, a quien corresponda,
Tengo duda sobre si legalmente el padre biologico de mi hijo puede exigirme derecho sobre el, si no esta registrado como primogenito.
Mi hijo de un año de edad esta registrado a mi nombre (tiene solo mis apellidos), el padre biologico se desentendio por completo desde el 4o mes de embarazo, su apoyo economico fue minimo y solo en el primer mes de embarazo, al cuarto mes decidio que tenia otras prioridades, por lo que salio del pais y corto comunicación. Se contacto por correo electronico dias antes de su nacimiento, comentando que queria formar parte del crecimiento del menor, y apoyarle, sin embargo, su interes fue escaso.
Seis meses despues aproximandamente, se presento en mi domicilio solicitando platicar, mas solo le sugirio conocer al niño fisicamente y respetar el derecho de no querer conversar con el en ese momento; de eso otros seis meses y hasta ahora volvio a contactarse, en mi ausencia lo recibio fue mi madre a la que le dijo que queria entregarle una tarjeta de ahorros, con la que pretende aportar economicamente en gastos sin mencionar importes ni tiempos, y preguntando cuando puede ver al niño, se le contesto via mensaje que ya se contaba con una cuenta de ahorro para el menor donde podría apoyarle;
Aclaro, no pretendo que nunca lo vea, mas no quiero fomentar ese ejemplo a mi hijo, y la afectada directamente soy yo, en este proceso de desempleo-separación-embarazo-nacimiento-busquedadetrabajo ha sido muy desgastante, y quien ha estado al pendiente de el bebé, en todo aspecto, ha sido mi persona y mi familia, ya que desde inicios de embarazo no se recibio apoyo de ningun tipo por parte del padre biologico.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 374776
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Febrero de 2015 18:55 2015-02-17 18:55 desde IP: 189.211.135.22
Legalmente, el padre de su hijo no tiene ningún derecho de convivencia con el menor, puesto que no fue reconocido como su hijo biológico; evidentemente, ese mismo hecho trae como consecuencia quer tampoco tenga ninguna obligación para con el niño.
De cualquier forma, tanto él como usted, en un momento dado pueden entablar el jucio relativo al reconocimiento de la paternidad, para lo cual, quien lo promueva, deberá ofrecer y desahogar la prueba pericial en genética, a fin de demostrar el vínculo consanguínero, y una vez acreditado, el Juez en su sentencia, girará oficio al Oficial del Registro Civil, ordenándole haga las anotaciones correspondientes en el acta de nacimiento del menor y asiente el nombre del padre en virtud de dicha resolución judicial, y levante, asimismo, el acta de reconocimiento respectiva.
En virtud de tal reconocimiento, podrá demandar usted también el otorgamiento de la pensión alimenticia para el niño, la cual fijará el juez de acuerdo a las posibilidades económicas del padre, y deberá cubrirla, por meses adelantados, desde el momento en que sea notificado y emplazado a juicio.
Al respecto, debo decirle que existen ya criterios sustentados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el sentido que, en esos casos, el padre debe ser condenado a pagar alimentos no desde la fecha del emplazamiento, sino desde la fecha de nacimiento del hijo.
Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, en caso que el padre le demande el reconocimiento de la paternidad. o bien, acuda al Instituto de la Defensoría Público de Oficio de su lugar de origen, en donde previo estudio socioeconómico, le podrán asignar a un abogado de oficio.
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