Buenas noches, de antemano sé que no es un foro de psicólogos, pero bueno.
Les comento que estoy promoviendo una acción reivindicatoria en el Edomex, todo me parece raro,en fin es un asunto ya más creo político, yo lo tomé ya iniciado, pero desde el mes de octubre no se ha podido llevar acabo el emplazamiento a uno de los demandados que sin embargo contestó en escrito de demanda debidamente.
Esta persona fue emplazada en un domicilio que no sé de donde sacó el abogado que inició el procedimiento pero total que no existe en la contestación de demanda señalan un domicilio convencional que tampoco existe y bueno lo que yo pretendí que es ya que se habían cumplido los efectos del emplazamiento proceder a señalarle esto a la juez, las bases son tesis jurisprudenciales actuales y ella me la deshecha y me vuelve a decir que no procede con base en una tesis del 94, yo quiero saber si recomiendan revocar o qué, la verdad no tengo idea, apenas estoy comenzando en la carrera, nunca he litigado en el estado y tampoco tengo mucha experiencia en el DF, así que bueno ya se me nublaron las ideas.
Por favor, ayuda.
No puede proceder por la vía penal por despojo porque no tienen los actores esto es mis clientes la posesión.