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LIQUIDACION
- Consulta : 242855
- Autor : ojitos_1katira_NR
- Publicado : Miércoles 24 de Septiembre de 2014 16:01 desde la IP: 187.139.195.249
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 24 de Septiembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 366376
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Septiembre de 2014 16:52 2014-09-24 16:52 desde IP: 187.202.208.185
Pues eso depende de cual era su sueldo diario, o quincenal o mensual, en que laborabá y en donde, si percibió prima vacacional este año, si gozó de sus vacaciones. Seguramente no es lo legal y puede demandarse ante la Autoridad respectiva lo que falta pero sería necesario saber los datos mencionados. Saludos.
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