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CAMBIO DE ACTA DE NACIMIENTO POR PETICION DEL PADRE PARA DARLE SUS APPELIDOS
- Consulta : 178448
- Autor : Ragusa
- Publicado : Jueves 29 de Noviembre de 2012 17:02 desde la IP: 201.116.234.172
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 29 de Noviembre de 2012
Hola,
tengo una cosulta, que talvez es medio complicada.
Registre mi hijo de casi 4 años en el registro civil de San Pedro Cholula, Puebla con mis apellidos y con la parte del padre vacio, por que su padre biologico de mi hijo en aquel entonces estuvo casado y no estaba preparado para aparecer en la acta de nacimiento.
Ahora esta en tramite de divorcio y quiere reconocer a su hijo y darle el apellido y aparecer en su acta como padre y que tambien aparezcan sus papas de el.
Ahora mi pregunta es: Se puede hacer eso? Cual es el procedimiento? Que pasa con la acta en la cual mi hijo esta registado con mis apellidos y la parte del padre esta vacio? Hay que nulidar la acta o se puede hacer un cambio? Cuales son los requisitos en caso que se puede hacer.
Agradezco de antemano sus comentarios y sugerencias y respuestas.
Qualquier duda quedo a sus ordenes.
Atte. Ragusa
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 293721
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Noviembre de 2012 17:18 2012-11-29 17:18 desde IP: 200.38.15.15
Lo que tienes que hacer, no mejor dicho lo que tiene que hacer el padre del menor es presentar una demanda de reconocimiento de paternidad ante los juzgados familiares donde por medio de una prueba de ADN se confirma que es el padre consaguineo del menor y una vez aceptado, el juez le pide al oficial del registro civil que hagas las anotaciones correspondientes. el acta no se anula simplemente se hacen las anotaciones.
acércate con un abogado de tu confianza quien te podra asesorar correctamente
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Autor
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AutorRespuesta No: 293798
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Noviembre de 2012 10:57 2012-11-30 10:57 desde IP: 201.116.234.172
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Autor
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AutorRespuesta No: 293807
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Noviembre de 2012 12:12 2012-11-30 12:12 desde IP: 187.144.27.49
Woaw... que barbaridad.. con todo el respeto que me merece mi colega que antecede.
Nada de eso señora... su asunto es de lo mas sencillo y procedo a responder sus preguntas.
1.- Que hacer... acude mamá, menor y el reconocedor ante el Registro Civil y solicita RECONOCIMIENTO DE MENOR. Se levantará un acta de reconocimiento y listo.
2.- Que pasa con el acta donde aparece usted como madre soltera? .. Nada... solo se complementa .. es decir esos campos vacios ahora se complementarán despues del reconocimiento y en lo sucesivo le será entregada un acta con esos datos. No hay que anular acta alguna y mucho menos pedir reconocimiento de paternidad... eso es via judicial pagará abogado y llevará de 6 a 8 meses de proceso... se usa para cuando la madre NO QUIERE que el padre lo reconozca.
En su caso es distinto.. AMBOS estan de acuerdo y para ese supuesto esta el RECONOCIMIENTO y se hace ante el pripio Registro Civil donde se encuentra asentada el acta de nacimiento del Menor.
Quedo a sus ordenes... Lic. Ulloa
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Autor
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AutorRespuesta No: 293810
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Noviembre de 2012 12:21 2012-11-30 12:21 desde IP: 187.144.27.49
Olvide señalarle que soy Juez U Oficial del Registro Civil... por ello se lo que le esoy diciendo... RECONOCIMIENTO ante el propio Registro Civil y el mismo dia sale con su asunto resuelto claro...cumpliendo con la documental que se exije
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Autor
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AutorRespuesta No: 294526
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Diciembre de 2012 15:51 2012-12-06 15:51 desde IP: 201.116.234.172
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