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MI ESPOSA ESTA EMBARAZADA Y ME PIDIO EL DIVORCIO
- Consulta : 108304
- Autor : ampudia_odin_NR
- Publicado : Miércoles 06 de Abril de 2011 17:09 desde la IP: 189.225.68.96
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,071
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 06 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes
Quiero explicar mi caso, me case en Noviembre de 2009 en el estado de Mexico por bienes separados, tuvimos problemas muy fuertes y nos separamos en Enero del 2011 en esa fecha nos enteramos que ella estaba embarazada, hemos intentando arreglar nuestra situacion pero nada parece funcionar, lo que me preocupa es que mi esposa toma actitudes muy infantiles como ocultarse de mi, no contesta mis llamadas y sus padres con quienes actualmente reside no me dejan verla y la esconden, me amenaza con no dejarme ver al niño jamas o desaparecer sin mas, actualmente me encuentro desempleado por lo cual me es muy dificil apoyar con los gastos que genera el embarazo, y con lo poco que tengo ayudo en lo que me es posible mientras encuentro un trabajo, motivo por el cual mi esposa me exigue que me largue de su vida. Lo que mas me preocupa es nuestro hijo de antemano se que mi esposa y yo no tenemos futuro pero no quiero perder a mi hijo, que puedo hacer en este caso para no perder mi derecho como padre???
Estoy desesperado ante esta situacion en la cual mi esposa pone a nuestro hijo como escudo para crear mas daño, necesito ayuda y orientacion urgente.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 347403
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Fecha de respuesta: Sábado 22 de Marzo de 2014 21:09 2014-03-22 21:09 desde IP: 187.208.17.143
y si estas seguro q sea tu hijo? a mi se me hace muy raro q se escond de ti, lo mejor q puedes hacer es divorciarte
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Autor
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AutorRespuesta No: 347888
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Marzo de 2014 20:42 2014-03-24 20:42 desde IP: 187.201.143.138
CONSULTANTE ampudia_odin_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a su pregunta jurídica, le comento lo siguiente:
Los Códigos Civiles del Distrito Federal y del Estado de México, establecen la procedencia del divorcio sin causa, que procede si uno o ambos cónyuges manifiestan su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin la obligación de expresar el motivo del divorcio. De modo que la simple solicitud de divorcio firmada por uno o ambos cónyuges, es suficiente para que el Juez de lo Familiar decrete la disolución del matrimonio, de un modo legal y ágil. Usted puede solicitar su divorcio express en el Distrito Federal y en el Estado de México, si ahí tiene o tuvo su domicilio conyugal, sin importar donde se haya casado.
Requisitos:
1. Que su domicilio conyugal sea o haya sido en el Distrito Federal o en el Estado de México, y que tengan al menos un año de casados.
2. Solicitar el divorcio express por escrito a petición de uno sólo de los cónyuges, o si están de acuerdo por ambos, procede en las dos situaciones.
3. Presentar una propuesta de convenio que contenga la relativo a la partición de bienes, a la guarda y custodia, el horario de visitas y la pensión alimenticia, en caso de que haya hijos y bienes.
4. Una vez presentada la solicitud, se notificará a su cónyuge a través del Juzgado, quien tiene 15 días hábiles para formular contrapropuesta de convenio.
5. Realizada la contrapropuesta de convenio por la parte demandada, el Juez fijará fecha y hora para una audiencia de conciliación que versará sobre los puntos controvertidos de ambas propuestas de convenio; si subsisten las controversias en los puntos de las propuestas de convenio presentadas por las partes, el Juez decretará el divorcio.
6. Sí no hubiera contrapropuesta de convenio de la parte demandada, el Juez decretará el divorcio sin más trámite.
7. Decretado el divorcio, quedan a salvo los derechos de los cónyuges para hacerlos valer en vía incidental, únicamente respecto al contenido de las propuestas de convenio en las cuales no se hayan puesto de acuerdo.
Documentos necesarios:
1. Acta de matrimonio.
2. Actas de nacimiento (en caso de tener hijos).
3. Documentos para acreditar la propiedad de los bienes inmuebles adquiridos en sociedad conyugal (en su caso), avalúo de dichos inmuebles, sus capitulaciones matrimoniales, estos sólo en caso de que tengan bienes inmuebles comprados durante el matrimonio en sociedad conyugal (bienes mancomunados.)
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA FAMILIAR, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 6637-5063
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . m o r a l e s y c i a . n e t (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s . m o r a l e s y c i a a r r o b a g m a i l . c o m (minúsculas y todo junto)
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