- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
VENTA DE INMUEBLE EN COPROPIEDAD
- Consulta : 281510
- Autor : ma_de_la_luzc_NR
- Publicado : Martes 15 de Noviembre de 2016 09:33 desde la IP: 201.156.20.199
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 15 de Noviembre de 2016
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola buenos días , estoy vendiendo mi casa ,está a nombre de mi ex y mío , el está de acuerdo en vender , pero está enfermo , mi pregunta es. Si la puedo vender en caso de que fallezca , ya tenemos testamento. Su 50% es para mis tres hijos. Y el mío igual quiero una asesoría. Muchas gracias . -
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 392040
-
Fecha de respuesta: Martes 15 de Noviembre de 2016 09:36 2016-11-15 09:36 desde IP: 189.180.233.36
q te de un poder notarial para pleitos...cobranzas... actos de administración y riguroso dominio...con clausula proto rem...para escriturar y/o auto escriturarte... que es valio para el acto que pretendes... NOTARIAL... no una carta poder de la papeleria... porque son capaces de todo... ante notario... este poder...lo inscribe el notario en el registro de poderes...
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 392080
-
Fecha de respuesta: Martes 15 de Noviembre de 2016 23:33 2016-11-15 23:33 desde IP: 189.216.197.167
Buenas noches.
Si fallece puedes vender tus derechos de copropiedad, pero el otro 50% son para tus hijos y debes tramitar un juicio sucesorio para que el Juez se los adjudique.
Ahora, como me imagino que son menores tus hijos, al recibir en herencia un inmueble, aunque seas su madre y representante legal de tus menores, no puedes vender el inmueble si no consigues autorización del Juez Familiar que determine la necesidad de vender y que es en beneficio de tus hijos.
Por lo que deberías tomar el consejo del licenciado Garovalo, que el señor te otorgue un poder y que con el realices el tramite para la venta o simplemente que los dos vendan.
No es necesario que al vender se formalice en escritura la casa, el problema será para el comprador más adelante cuando quiera darle forma porque si fallece tu ex, no podrá hacerlo si no se apertura la sucesión y se le nombra albacea.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
-
Autor





