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CONTESTAR DEMANDA LABORAL

  • Consulta : 109733
  • Autor : alipocha
  • Publicado : Domingo 17 de Abril de 2011 17:23 desde la IP: 189.249.86.31
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • alipocha
    USUARIO REGISTRADO

    Hola abogados:

    Les agradecería decirme a partir de la fecha en que fui notificado, que tiempo tengo para contestar una demanda de tipo laboral?

    Gracias por su ayuda.

    ACM

     

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  • Autor
    Respuesta No: 219887

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su conulta, le informo.

    Contrate a un abogado especialista en derecho laboral, pues si usted intenta contestar por sí mismo la demanda y llevar el juicio desconociendo el procedimiento laboral, lo más seguro es que en el laudo lo condenarán a pagar al trabajador actor todas las prestaciones que le está reclamando.

    La demanda, debe contestarse, ya sea oralmente o por escrito, en la etapa de Demanda y Exepciones cuya fecha de celebración está indicada en el auto que admitió a trámite la demanda, y además, debe acudir con los documentos necesarios para acreditar su personalidad, ya que aún cuando comparezca, si carece de esos documentos, se la impugnarán y entonces la tendrán por no compareciendo, por contestando la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas.

    Es preferible que pague a un abogado laboralista que atienda el asunto, y no que por ahorrarse el costo de sus honorarios, vaya a pagar cantidades exhorbitantes como resultaría de los salarios caidos, indemnización constitucional y demás prestaciones que le están demandando.



  • Autor
    Respuesta No: 219910

  • alipocha
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic. Raúl Cadena

    Agradezco su fina atención a mi pregunta. Ya consulté a una abogada, pero me dijo que se tenían 30 días para contestar. Esta fecha está dentro del plazo que dan para la audiencia de excepciones y de la audiencia de conciliación. Nada más que me pareció demasiado tiempo, pues sé que en otros litigios se tienen 5 días, 8 días y otros hasta 10 días. En pocas palabras no le creí y por eso quise consultar en este foro. Me podría ayudar para saber el tiempo exacto?

    Mil gracías de antemano.

    Alejandro Cortés



  • Autor
    Respuesta No: 219911

  • aconrado
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

       ok, no sé de qué forma se haya expresado su abogado con ud. para que no le creyera pero le explico someramente los pasos y si no le cree concurra con otro abogado LABORISTA.

       Para que sea fácil de digerir y sin afán de ofender le explico que: 1.- el trabajador ingresa su demanda en la junta (me imagino local en su caso) de Conciliación y Arbitraje.

    2.- se turna el expediente a la Junta que corresponda y, por ende, al actuario para que le notifique.

    3.- en su cédula de notificación viende entre líneas una expresión que dice FECHA Y HORA EN QUE SE DESAHOGARÁ LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, Y OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE PRUEBAS.

    4.- atendiendo a la FECHA Y HORA DE LA AUDIENCIA SEÑALADA ud. debió recibir su notificación con NUEVE DÍAS DE ANTICIPACIÓN ... OJO... POR LO MENOS, si le notificaron con menos anticipación por ley no está obligado a comparecer.

    5.- probablemente ud. recibió la notificación de la demanda con mayor tiempo de anticipación y por eso su abogado le dijo que tenían 30 días para contestar.

     

    OJOOO NO DEJE PASAR LA FECHA DE AUDIENCIA, como dice el Abogado que me precede las consecuencias son gravísimas para ud. y su patrimonio... inclusive familiar.



  • Autor
    Respuesta No: 219913

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    alipocha: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. polo de Ecatepec Estado de México: Reitero. Porque no ponen el estado de donde nos escriben????? si usted nos dice soy de "michigan" nadie la va a ir buscar para que nos pague, aquí todo es de a "gorrión", no se cobra ni un sólo centavo, este trabajo lo realizamos sólo por gusto.

    Bueno, si usted ya está debidamente NOTIFICADO (a) pues en ese escrito de RADICACION se le señala la fecha de AUDIENCIA y así de sencillo ese día debe de llevar su DEMANDA contestada é incluso como lo señala el colega raulcadena lo puede hacer verbal, pero........ debe ser abogado y/o persona que la represente debidamente en su juicio, y si no es así pues......prepare el dinero para pagar la perdida de dicho juicio. es cuanto. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE  !  !  !  !  ! 



  • Autor
    Respuesta No: 219914

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Licenciado Conrado, reciba de mi parte un cordial saludo.

    No comparto su punto de vista, pues quizá debido a una mala lectura de los datos aportados por la consultante, da la apariencia de incurrir en los mismos errores que el abogado que contrató.

    La consultante expresamente señala que trabajó para un municipio, y que fue despedida injustificadamente bajo el argumento de no contar con recursos para pagarle su salario; en consecuencia, esa relación labora, se rije, no por el apartado A, del artículo 123, constitucional, sino por el apartado B, ya que se trata de un trabajador servidor público, lo que trae como consecuencia, que no le resulten aplicables las dispisiciones de la Ley Federal del Trabajo, ni sustantivas, ni adjetivas, sino las de una legislación especial, que en la especie, se trata de la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas.

    Luego entonces, la competencia para conocer del cnflicto suscitado con motivo de dicho despido, la competencia se surte en favor del Tribunal de Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado de Tamaulipas, y no de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de esa Entidad Federativa; de igual forma, el procedimiento a seguir no es el previsto en los artículos 870 y siguientes, de la Ley Federal del Trabajo, sino por el contemplado en los numerales 101 a 120, de la citada Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas, procedimiento que difiere notablemente, del juicio laboral ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

    En efecto, el juicio laboral de los trabajadores al servicio del Estado y municipios de Tamaulipas, expresamente dispone que una vez presentada la demanda en contra de la dependencia municipal en contra de quien se dirija, se le notificará y emplazará, a fin de que produzca su contestación dentro del término de diez días hábiles, contados a partir de la fecha del emplazamiento; contestada la demanda o transcurrido el término sin que lo haga, se señalara fecha y hora para la celebración de una audiencia de pruebas, alegatos y resolución.

    Por tanto, no existe ninguna fase conciliatoria, ni tampoco se señala fecha y hora para una audiencia trifásica, ya que dicho procedimiento, es el que se sigue ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, y no ante elTribunal de Arbitraje.

    En mérito de ello, le reitero a la consultante la imperiosa necesidad de que, a fin de que noponga en riesgo los derechos laborales que le asisten, si su abogado no es especialista en derecho laboral, contrate a uno que si lo sea, pues aunque ya no podrá corregir, modificar o ampliar su demanda, ni subsanar los errores del escrito inicial, al menos podrá, dentro de lo posible, obtener el pago de esas prestaciones reclamadas.



  • Autor
    Respuesta No: 219918

  • aconrado
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

        Estimado Lic. Cadena, le agradezco su crítica (constructiva y cordial por demás), quizá me falla en mi pantalla, pero no aprecio los datos del municipio que ud. me comenta en esta consulta. De ser así coincido con Ud. completamente y reitero una disculpa a la consultante si resultó confundica por lo escrito por mí.

        De la misma forma le agradezco a Ud. el seguimiento de sus (y nuestras) consultas para hacernos notar los errores de los que somos susceptibles. Excelente!!



  • Autor
    Respuesta No: 220040

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    A CARAYYYYYY Que pasó aquí ?????????????????????????????????????????

    Yo también me fuí con la FINTA ?????????????????????????????

    No entendí. GULP !  !  !  !  !  !  !



  • Autor
    Respuesta No: 220254

  • alipocha
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Licenciados aconrado y León:

    Les agradezco indinitamente sus comentarios. Ya me quedó claro lo de la contestación por escrito de la demanda laboral. Estoy en buen tiempo para ello y tengan la seguridad que sí iré necesariamente acompañado de mi abogada quien ya se encarga de hacer el escrito de contestaciòn a todas las mentiras que puso el trabajador en su demanda obviamente elaborado por su licenciado que le asesora. Tiene razón el lic. León, no puse el lugar de la demanda, pero es en el Distrito Federal.

    El Lic. Raúl Cadena mezcló otro asunto con esta consulta, por eso el desconcierto que provocó en ustedes, de todas formas estoy agradecido con el Lic. Cadena.por sus consejos al inicio de esta consulta.

    Atentamente

    Alejandro Cortés





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