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VISITAS A MI MENOR HIJA
- Consulta : 218533
- Autor : carlos.rosales_NR
- Publicado : Martes 14 de Enero de 2014 11:36 desde la IP: 189.204.89.174
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,067
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 14 de Enero de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
buenas tardes a todos, de verdad deseo mucho que puedan orientarme.
la mama de mi hiija me demando pension, a lo cual ya fiajron una provisional del 20%, yo conteste a la demanda y offreci pruebas y solicite tambien que se fijaran visitas con mi hija, para lo cual mi hija tuvo que acudir a la audiencia, lamentablemente no pude acudir, por lo que mis pruebas ya se tienen por desiertas...bueno mi hija dicjo cosas que no son verdad, como que yo la trataba mal...a lo que el mp dijo que no se puede fiajr un regimen de visitas y que se dejaban a salvo mis derecho para que los haga valer en la via y formaque en derecho proceda..que significa eso?? que es lo que debo de hacer...cabe mencionar que falta que se lleve a cabo una prueba psicologica que solicte, la cual me estan cobrando $2000....debo esperar a que se lleve a cabo el examen psicologico o que hago???
agradezco mucho su ayuda!!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 337474
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Enero de 2014 14:17 2014-01-14 14:17 desde IP: 187.202.27.128
No amigo, demande nuevamente en la vía que corresponde el derecho de visita y convivencia. Cuando se tiene por precluido, o por prescrito un derecho ya no puede hacerse valer, me entiende, cuando se deja a salvo, se puede volver a demandar, esto es.... ella demanda, usted contesta pero lo hace mal, al contestar queria ejercer un derecho; ahora puede ejercer ese derecho pero demandado es decir en un nuevo juicio.... el de ella es Juicio de Pensión alimenticia, el de Usted sería Juicio de Visita y Convivencia... ok......
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