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DAñOS Y PERJUICIOS (RESPONSABILIDAD CIVIL)
- Consulta : 120484
- Autor : abel_112_NR
- Publicado : Viernes 22 de Julio de 2011 13:26 desde la IP: 216.52.207.75
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,069
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 22 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Tamaulipas
Buenas Tardes, primero que nada permitanme agradecer mucho la atención que le den a la presente.
Tengo una duda, adquirí un bien inmueble, en el mes de febrero, hace una par de semanas se vieneron las lluvias muy fuertes y se transminó el agua, ya había colocado piso de madera y como se encharcó el interior de este pues el piso quedo inservible, he llamado al que me viendió la casa y no me ha querido responder ni el celular, mi pregunta es:
Puedo demandarlo por los daños ocasionados a mi patrimonio al vendedor, así como al perito valuador de la casa (ya que la casa la adquirí por medio de un crédito de Infonavit, y necesitaba un perito valuador quien valuara las condiciones en la casa, y que en su peritaje dijera que la casa era seminueva en buenas condiciones y con vida aproximada de 18 años).
agradeceré su leal asesoría
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 232084
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 13:42 2011-07-22 13:42 desde IP: 189.240.196.176
Estimado abel:
En base a tu pregunta te indico que es necesario verificar el contrato que se firmo, las casa del INFONAVIT han tenido muchos problemas, obiamente si se puede demandar, no te aconsejaria por daños y perjuicios, pero si por otra via.
javier_lozanou28 es . para cualquier pregunta que tengas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 232089
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 13:51 2011-07-22 13:51 desde IP: 201.103.187.206
El perito valuador, solo realiza el avalúo del inmueble, es decir, calcula el costo del valor comercial del mismo y señala la vida útil aproximada, más no revisa los vicios ocultos que pueda tener una propiedad.
En cuanto al contrato de compraventa, la más seguro es que lo hayas adquirdo AD CORPUS, es decir, en las condiciones que se encontrara, ya que no es una vivienda nueva.
Antes de comprar, debiste haber contratado un perito en contrucción y que revisara si se encontraba en buenas condiciones el inmueble y más que debe ser una vivienda muy vieja y no seminueva como tu manifiestas.
La vida útil aproximada de un inmueble es de 75 años y si le restaban 18 años, entonces tenía una antigüedad aproxiamada de 57 años, así que nadie te engaño, sino que debiste haber verificado bien la antiguedad de tu inmueble y el estado físico que tenía.
Para que un inmueble sea considerado seminuevo, debe tener una edad de 1 a 4 años.
Te repito, revisa bien tu contrato antes de iniciar cualquier acción legal.
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Autor
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AutorRespuesta No: 236193
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Agosto de 2011 03:42 2011-08-21 03:42 desde IP: 201.127.117.44
Mira yo opino que si puedes demandar en la via civil daños y perjuicios por vicios o defectos ocultos de la cosa a fin de que te devuelvan el precio o el de las mejoras pues segun yo tiene defectos que de haberlos conocido no la hubieses comprado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 236199
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Agosto de 2011 10:27 2011-08-21 10:27 desde IP: 189.178.228.189
abel_112:
La gentil abogada Sofía María (cordiales saludos), está en lo correcto y no lo está, me explico:
de conformidad con el Código Civilo de Tamaulipas, usted tiene derecho al saneamiento por evicción derivado de la existencia de un vicio oculto, por lo cual debe demandar mejercitando esta acción y reclamando el pago de indemnizaciones, pero esta misma Ley le concede el plazo de solamente seis meses para poder demandar, así que, dependiendo de la fecha exacta de la firma del contrato, ya transcurrieron esos seis meses o están por finalizar dentro de 10 (diez) días, y a partir del momento que finalizó o finalizará dicho plazo, la acción para demandar está prescrita, es decir, ya no podrá ser ejercitada.
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Autor
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AutorRespuesta No: 237099
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Fecha de respuesta: Domingo 28 de Agosto de 2011 02:40 2011-08-28 02:40 desde IP: 189.156.41.75
Gracias por la asesoria estimado Lic. Garovalo, siempre es bueno aprender algo nuevo todos los dias y como bien sabe no es mi fuerte el area civil, tratamos de entrarle a todo a raiz que litigamos pero el derecho en areas que no domnino (pero que no me asustan vaya) siempre tiene sus bemoles y con tantas refrormas pues humildemnete agradezco su intervencion.
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Autor
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AutorRespuesta No: 237135
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Fecha de respuesta: Domingo 28 de Agosto de 2011 15:53 2011-08-28 15:53 desde IP: 189.178.217.33
SOFIA MARIA:
Muy gentil damita, soy el penalista Primus Tribunus y como garovalo está ausente de la presente consulta, me ha dejado usted asombrado, alelado y confundido, además de solo, triste y abandonado.
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Autor
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AutorRespuesta No: 237139
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Fecha de respuesta: Domingo 28 de Agosto de 2011 17:03 2011-08-28 17:03 desde IP: 189.183.97.108
Ay...perdon PRIMUS TRIBUNUS, mis respetos, esque ayer estaba taaaaan dormida... que ya ni supe, disculpame, sobre todo que a tan sabio y docto jurisconsulto me atreva a hablarle de tu, disculpe la confusion, neta no sabe lo cvansadisima que estaba, pido PUBLICAS DISCULPAS.,
Esperando las acepte pero esque entre tanto trabajo y luego me puse a ller una consulta en que usted y GAROVALO se dan hbasta con la cacerola juridicamente hablando que me confundi perro no tengo perdon, acepte mis disculpas que a los dos los respeto mucho.
´Sinceramente SOFIA
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