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PROBLEMA CON PAGARé

  • Consulta : 178959
  • Autor : od56_NR
  • Publicado : Martes 04 de Diciembre de 2012 13:37 desde la IP: 129.9.104.10
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
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  • Autor
    Consulta

  • od56_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Señores abogados, muy buena tarde.

    Les escribo para solicitar asesoría:

    Tengo una deuda que ha ido incrementando por falta de liquidéz a lo largo de un año con un agiotista, para esto firmé un pagaré y estoy conciente de que tengo esa deuda, PERO NO PUEDO PAGAR, esta persona me comenta que ya está por entregar el pagaré a un abogado para que proceda legalmente, básicamente quiero estar preparado y saber como debo actuar y que debo hacer si esto se lleva a cabo.

    Algunos puntos a considerar son estos:

    * Solicité el préstamo en un momento de desesperación

    * EL DOCUMENTO LO LLENÉ CON MI PUÑO Y LETRA PERO NO SE COLOCÓ FECHA DE VENCIMIENTO NI EL % DE INTERESES.

    * NO SE COLOCO EL NOMBRE DEL ACREEDOR.

    * EL ACUERDO VERBAL FUE QUE EL INTERES MENSUAL SERIA DEL 15%

    * PAGUE LA CANTIDAD CORRESPONDIENTE A 3 MESES DE INTERESES PERO NO ME ASEGURÉ DE QUE ESTO QUEDARA ACENTADO EN EL MISMO PAGARÉ O EN ALGUN RECIBO O ALGO ASI COMO COMPROBANTE.

    Ahora, reslaté algunas frases en negritas porque he estado leyendo en este y en algunos otros foros al respecto y quiero saber cual es mi situación, para empezar creo que el interés de 15% es muy alto y no es legal, la otra, seguramente colocarán la fecha y nombre del acreedor ellos mismos, ya no sería de mi puño y letra.

    Actualmente estoy viendo la manera de vender algunos bienes y/o de obtener un prestamo para cubrir esta deuda ya que no me niego a pagar, y no quiero llegar hasta la via legal para evitarle la pena a mi familia, pero si no me alcanza el tiempo, ¿qué debo de hacer si se presentan a mi domicilio?, ¿cómo debo actuar?, ¿pueden proceder si yo no estoy presente?, etc., etc., etc.

    Agradeceré TODA la información que me puedan dar al respecto, tomen en cuenta que soy Ingeniero, no Abogado, por lo que no entenderé mucho de términos legales!!!!!, otra cosa, no sé si este tipo de casos se manejan igual en todo el pais, por si las dudas les comento que les escribo del Estado de México, específicamente de Toluca.

    De antemano muchas gracias, saludos a todos y que Dios los bendiga.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 294196

  • NGUSTAVO01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Ingeniero…

    Existe en el planteamiento de su caso algunos detalles que le pueden ayudar en el proceso. Empezaremos por decir que la materia mercantil y por ello su legislación es la misma en todo el país, se trata de un tema de índole federal.

    Los detalles relacionados con la falta de suscripción de requisitos indispensables en el pagare, desde luego pueden ser decisivos en su defensa, pudiendo argumentar en caso de su llenado la prueba pericial en el juicio mercantil, la cual pretenda soportar el que no fue suscrito de forma debida, y en su caso la denuncia de hechos delictivos tendría razón de acuerdo al  artículo 173 del Código Penal del Estado de México. No esta de más el que en caso de apuro económico, solicite el apoyo de la defensoría de oficio, una vez que haya sido notificado y emplazado a juicio.

    Considere también el revisar el artículo 434 del Código Federal de Procedimientos Civiles (ordenjuridico.gob), en el que se enuncian los bienes que no pueden ser embargados, y obre en consecuencia. Así  mismo una vez que se haya dictado el AUTO DE EXEQUENDO (embargo), en principio debe de ser encontrado en lo personal para hacerle saber de la demanda, sino lo encuentran dejaran un citatorio y en su defecto procederán al embargo con quien se encuentre en el domicilio, pero también se puede promover el rompimiento de cerraduras, pues el embrago no puede detenerse por ninguna razón.  LE DESEO LA MEJOR DE LAS SUERTES, EN CASO DE ASISTENCIA PUEDE LLAMAR AL (0155) 4314-3308



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