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ABSOLVER POSICIONES
- Consulta : 156431
- Autor : rnavarro_wgbjg_NR
- Publicado : Martes 19 de Junio de 2012 17:53 desde la IP: 201.175.41.121
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,088
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 19 de Junio de 2012
Estado de Referencia: Guanajuato
buenas tardes, si se esta representando a una persona fisica que sucribio un contrato de arrendamiento y esta demanda la rescision del contrato como arrendador, el poderdante puede otorgar poder a otro para absolver posiciones? o estas deben ser absueltas en formapersonalisima
gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 271541
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Junio de 2012 18:34 2012-06-19 18:34 desde IP: 187.144.32.155
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Autor
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AutorRespuesta No: 271570
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Fecha de respuesta: Martes 19 de Junio de 2012 19:55 2012-06-19 19:55 desde IP: 201.141.140.233
rnavarro_wgbjg_NR
Si puede absolver posiciones al mandatario tal y como lo estipula el articulo 100 del Codigo de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato, que a la letra señala que:
CAPITULO II
Confesión
Articulo 98.-...
Artículo 99.-....
Artículo 100.- Pueden articularse posiciones al mandatario, siempre que tenga poder bastante para absolverlas o se refieran a hechos ejecutados por el en el ejercicio del mandato.
La cuestion es que si la contraparte ofrece la PRUEBA CONFESIONAL a cargo de la parte actora de manera personalisima y no por conducto de apoderado legal, debera el poderdante comparecer a absolver las posiciones que se le formulen.
Saludos.
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Autor






