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EMPLEADA DOMESTICA DE 4 MESES ME DEMANDA POR DEPSIDO INJUSTIFICADO

  • Consulta : 273558
  • Autor : arzate.leija_NR
  • Publicado : Lunes 10 de Agosto de 2015 21:09 desde la IP: 201.114.147.226
  • Tipo de Usuario :
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  • Autor
    Consulta

  • arzate.leija_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches abogados, apelando a su profesionalidad pido asesoría en materia legal de este asunto inómodo que se ha sucitado en mi domicilio. 

    Me recomendaron una trabajadora doméstica, la cual me brindó sus servicios dos veces a la semana desde Febrero hasta Junio de el año en curso.

    En abril, recién adquirí una playera de $9,860.00 MXN la cual se había dejado en un sillón para posteriormente llevarse a la tintorería, cosa que la doméstica hizo caso omiso y metió a la lavadora, destruyendo dicha prenda de alto valor. En vista de éste acto, se habló con ella para llegar a un acuerdo, el cual decía que ambas partes (Yo y la empleada)  pagarían la mitad ($4,930.00MXN). Se le dieron facilidades y no hubo presión. Ella ya había roto varias cosas en el domicilio, por lo cual se le llamó la atención.

    Ella, el 22 de Junio de 2015 nos comentó vía telefónica, whatsapp, que iba a ir con su familia al pueblo de donde era, y que no iba a laborar una semana. Se le concedió el permiso sin problema alguno. No regresó nunca a trabajar, y se le habó para que por lo menos regresara las llaves y saldara su deuda antes de irse. No hizo ninguna de las dos. Se cambiaron cerrojos y no se hizo más, el dinero se dió por perdido.

    Hoy me llega un Auto de Radicación citándome en Septiembre a la audiencia sobre una DEMANDA DE DESPIDO INJUSTIFICADO, junto con una copia de la declaración diciendo que le reintegrara IMMS, vacaciones, aguinaldo, infonavit, 3 meses de sueldo, 20 días de sueldo y el sueldo diario de todo el tiempo que llevara la demanda. Incluso exige reparto de utilidades (¿UNA DOMESTICA QUIERE REPARTO DE UTILIDADES??)

    Su declaración de los hechos expresa que tiene "testigos" que dicen que llegó a la puerta de mi domicilio donde la "despedí" el 22 de Junio a las 16:00 HRS, adicionalmente que la amedrentaba con el pago de algo que no hizo, aún sabiendo que yo tengo pruebas de sus acciones, en texto, algunos mensajes escritos por ella. Lo que me llama la atención aquí es que en su declaración los nombres están mal escritos de diferentes maneras, y el domicilio tiene CP y Delegación erróneos, aparte de que incluye la palabra "Juevez". 

    Yo tengo pruebas de no haberla despedido, incluso testigos a los que les rento cuarto, con contratos de arrendamiento que lo demuestran. Tengo también a la persona que la recomendó e inclusive a dos testigos adicionales que yo no la despedí.

    Ella simplemente no se presentó a trabajar. Acorde a las leyes 331 a 343 de la Ley Federal del Trabajo, según yo no tiene derecho a reclamar ciertas compensaciones, adicionalmente el artículo 47 fracción V, VI, XI, y XII expresan que el patrón puede despedir sin aviso ni indemsización a empleados que dañen los bienes de el patrón, o que no obedecen llamadas de atención. Ambas situaciones se sucitaron. El artículo 50 dicta que si el trabajador tiene menos de un año trabajando la indemnización será de la mitad del tiempo de los servicios prestados, y ella exige tres meses y 20 días. El artículo 76 no le otorga vacaciones a trabajadores de un periodo menor a un año, cuando ella pide el pago de las vacaciones más el 25%. 

    Aquí hay algunas preguntas que no me contesto. 

    ¿Será real el acta de radicación en mi contra? Debido a las iregularidades surgen dudas

    ¿Es legal lo que ella pide como empleada doméstica apelando al art 331 al 343 de la LFT?

    ¿Puedo yo hacer que no procedan los cargos en base a mi evidencia? 

    ¿Puedo, con la evidencia y su declaración, con el art. 458 y 461 del código penal condenarla por mentir en un acta jurídica?

    ¿Que es recomendable hacer? 

     

    Gracias, agradezco su tiempo e interés 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 384055

  • RUBIO ABOGADOS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    1.- Para saberlo hay que sersiorarse directamente ante la junta local de conciliacion y arbitraje.

    2.- Es legal toda vez que son los derechos de los trabajadores domesticos y estan estipulados en los articulos que usted menciona.

    3.- Lo que debe hacer es incluir esas pruebas en el momento procesal oportuno que sera presisamente el de ofrecimiento y admision de pruebas que es la audiencia que le sigue a la de conciliacion demanda y excepciones.

    4.- Dificilmente creo que usted pueda condenarla por lo que refiere, ya que los unicos que condenan o imponen sanciones son los Jueces etc. pero las documentales que obren en el expediente familiar le podran servir en cualquier procedimiento.

    5.- Lo que debe hacer es apersonarse en la junta mediante su abogado el dia que tenga verificativo la audiencia en la que podran llegar aun acuerdo o en su defecto llevar el juicio hasta su culminacion.

     

    Espero le haya servido mi respuesta, quedamos a sus ordenes somos especialistas en materia laboral 46192030.

     



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