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CADUCIDAD DEMANDA
- Consulta : 266390
- Autor : selene.almazan_NR
- Publicado : Jueves 21 de Mayo de 2015 13:49 desde la IP: 177.249.99.34
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 21 de Mayo de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 380225
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Mayo de 2015 23:15 2015-05-21 23:15 desde IP: 201.141.205.194
Buenas noches.
En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que la caducidad de la instancia de dicta dentro de 120 días hábiles en que no hay impulso en un procedimiento judicial y se dictó la ultima determinación judicial. Sin embargo, ello solo ocurre desde la presentación de la demanda hasta antes de que se dicte sentencia, ya que después de ello no opera la caducidad.
Por ultimo le comento que lo anterior solo es a modo general, ya que debe analizarse el tipo de juicio (En algunos no opera la caducidad), el estado procesal, la fecha en que se inicio el mismo, etc.
Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría.
“PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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