Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ESTUPRO

  • Consulta : 259733
  • Autor : trinir2008_NR
  • Publicado : Martes 17 de Marzo de 2015 12:57 desde la IP: 189.245.27.207
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,106
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • trinir2008_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    buen dia, a mi hijo lo acusan de estupro porque tenia una novia de 15 años posteriormente, a los 16 la chamaca sale embarazada y mi hijo va a ver a los padres, ahi fue la ultima vez que la vio, no lo dejaron ver a la niña, el tuvo que meter demanda de reconocimiento de paternidad (aun no termina el proceso) y como no estan de acuerdo, y ven perdido el caso lo demandaron de estupro ahorita la muchacha tiene 17 años, pero obviamente no hubo engaño ni dolo , pero quisiera saber a que nos enfrentamos, y que tenemos que hacer y si hay posibilidad de que no proceda dicho delito, gracias. atte trinidad rodriguez alvarez

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 376174

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimada consultante

    en algunas entidades de nuestro pais el delito de estupro es perseguible por querella

    al ser perseguible de querellla tal delito le aconsejo que hablen con la familia de la menor 

    para que lleguen a un acuerdo y quien haya interpuesto la querella contra su hijo

    le otorgue el perdon judicial, ese quien puede ser la mama o el papa de la menor, ok

    y por ultimo le sugiero busque un buen abogado penalista en su localidad 



  • Autor
    Respuesta No: 376182

  • Lic. Cervantes
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Estimada Consultante Trinir:

              En atención a su consulta, le informo lo siguiente, el delito de Estupro no es Delito Grave y en el Estado de México es perseguido por Querella, ésto es, únicamente procede si denuncia la víctima, sus padres o sus representantes legales, por ende, cualquiera de ellos puede otorgar el perdón del ofendido, ésto es, que el asunto se concluya en virtud de que la víctima se abstiene de seguir con la acusación penal, ahora bien, de su relato no se advierte la edad de su hijo y la fecha en que su hijo y la víctima sostuvieron relaciones sexuales, ésto a efecto de tener en cuenta la prescripción del delito, aunado a que si su hijo era mayor de edad, el delito prescribe en 3 años a partir del acto sexual, en caso de que su hijo fuera adolescente (entre 12 y 18 años al momento del delito), el delito prescribirá en 2 años contados a partir del acto sexual.

              Sin mas por el momento, quedo a sus órdenes.

    A T E N T A M E N T E.

    Lic. Mario Delfino Cervantes López.

    Contacto: Correo Electrónico: LicenciadoCervantes (arroba) h o t m a i l . com

                       Teléfono: 044-55-48-77-88-38.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión