Padre de menor fue condenado a pensión alimenticia, y dejó de darla por espacio de 5 años. Hace 3 años retomó la obligación incrementando la pensión en un 33% y ha cumplido hasta la fecha.
¿Es posible requerirsele las pensiones caidas?
(1) La actora no llegó a ningún acuerdo por escrito con el deudor.
(2) A la fecha, con el 33% pagado adicionalmente se ha cubierto 1 año de pensiones caídas.
(3) Según el Código Civil del Estado de Jalisco V-I-1743, dichas pensiones quedaron prescritas dos años después de no haber sido cobradas.
Saludos.