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LIQUIDACION SIN CUMPLIR EL AñO
- Consulta : 281749
- Autor : adderli
- Publicado : Domingo 18 de Diciembre de 2016 02:58 desde la IP: 201.103.194.110
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 18 de Diciembre de 2016
Buenas noches el asunto es el siguiente mi esposa entro a trabajar el 5 de febrero del 2016 como empleada domestica con un horario de 9 a.m a 5 p.m de lunes a viernes y sábado de 9 a.m a 1 p.m aunque no a terminado el año ya le avisaron que para el 15 de enero del 2017 la van a despedir la causa es que la señora esta embrazada y necesita una persona de planta pero al mismo tiempo de mala forma le dijeron que la quitaban antes de que cumpla el año para no darle nada de liquidación no le dieron vacaciones ni parte proporcional del aguinaldo el sueldo que pervive es de $2000 semanales y sus labores son la limpieza del departamento(250 M2) lavar, planchar,cocinar, cuidar a dos niños y pasear al perro nunca falto 2 veces se enfermo así asistió a trabajar pidió permiso de una hora para ir al medico y las dos veces se lo negaron y aun así cumplió con su turno todo esto lo comento para dar fe que ella asta ahora a cumplido con lo apalabrado tiene derecho a alguna liquidación o no por sus respuesta y atención gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 392656
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Diciembre de 2016 12:50 2016-12-21 12:50 desde IP: 189.180.251.121
si... su abogado le xplica la situacióin que reza el artículo 51 de la ley federal del trabajo... sobre la mitad del tiempo trabajado... si se va... que no firme nada...
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