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EJECUTIVO MERCANTIL

  • Consulta : 157198
  • Autor : ulloa88
  • Publicado : Domingo 24 de Junio de 2012 16:19 desde la IP: 187.194.211.239
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,087
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  • Autor
    Consulta

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL

    En una diligencia de embargo de juicio ejevutivo mercantil .... Se requiere al deudor del pago de 5 mil pesos de suerte principal mas anexidades legales. El deudor en ese momento exhibe en efectivo la suerte principal y señala que las anexidades legales las haga valer en el incidente respevtivo. Debe en consecuencia detenerse el embargo o podra embargarse solo por anexidades legales?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 272096

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    saludos ulloa...

    procede en ese momento a recibirse el dinero... que srra aplicado por el juez a los intereses generados... y si sibra... al capital....

    pero desde luiego que procede el embargo... ya que en ese momento debio haberse señalado cual es la dedua  con intereses...gasto y costas... hasta ese momento...

    te recuerdo... si paga en ese momento el capital e intereses... no hay poago de gasto y costas...

    al haber solo pagado... sesgun el dedudor... la suerte p'rincipal... no pago nada... ya que este dinero seimpre se aplicara a intereses... por ley.... aret. 360 y demas del codigo de com ercio...

    suerte y estamos en contacto....



  • Autor
    Respuesta No: 272099

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Gracias garo... A ver si te entendi....la demanda debio haberse formulado por 6800 por ejemplo...5 mil de capital y 1800 de intereses es correcto? Pero si solo demanda por 5 mil, mas intereses sin ser calculados desde luego solo se menciona en demanda, ahi que? Me queda la duda... Los intereses se calculan y demandan a traves del incidente de liquidacion de intereses no? Que al ser incidente es un juicio paralelo al principal.... Luego entonces si se paga suerte principal puede detenerse el embargo?



  • Autor
    Respuesta No: 272102

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si voy con el actuario... a requeir de pago... ya llevo yo una cuenta...

    capital... 5000 varas..

    no mencionas el interes... pero sigamos 5% que vencieron del dia tal al dia tal 1800 balas....

    en el momento de requerimeinto... es lo que pido... me lo pagan... me retiro... no me lo pagan... recibo y me reservo el derecho de hav¡cer el embargo y  previa presentaciòn de  planilla de interses...gastos y costas... que el juez apruebe... es que regreso a embargar....

    o... puedo señalar bienes en garantia  de pagos de prestaciones conexas no cubiertas... y le dejo de depositario de estos...

    ahora bien...cada estado de la rep... tiene su arancel para el cobro de honorarios de abogados titulados de su plaza... y te señala... cuan cobnres por cada promocion... por la liquidaciòn... por la presentaciòn de la demanda... y a parte los intereses... y si hiciste gasto de gasolina... por decir algo... aqui...tienen derecho a5 pesos por kilometro en lo local...mas lo que se hubiera gastado de gasolina... 20 pesos... por decir algo... 40 pesos  de gasto de ida y vuelta en tu carro... pero... sillevaste camioneta de mudanza... y te da su factura... tienes derecho a ese pago...

    pero si vas a cobrar... pos ya llevas que es lo que vas a cobrar...o no?... yo apenas tengo 36 años en esto... y siempre lleve mi listita en mano....

    saludos y nos seguimos comunicanco...

    como dijo sobritas...ç

    gracias por participar...





  • Autor
    Respuesta No: 272107

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    un abrazoi.. sin beso... ya se que todos somos franceses... pero... mi educaciòn mexicana.. de macho... me lo prohibe.... saludos...



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