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IMPUGNACIóN CONTRA ASAMBLEA ORDINARIA DE CONDóMINOS
- Consulta : 221454
- Autor : juan.orozco.guzman_NR
- Publicado : Miércoles 12 de Febrero de 2014 12:39 desde la IP: 15.211.201.84
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,083
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 12 de Febrero de 2014
Estado de Referencia: Jalisco
Somos propietarios de varias unidades privativas en un edificio bajo el régimen de propiedad en condominio. El 08 de enero del 2014 se llevó a cabo la asamblea ordinaria de condóminos en donde, entre otras cosas, se votó para ratificar al actual administrador o bien elegir uno nuevo. Por mérito de mayoría de votos se designó a nuevo administrador, hecho que al parecer desagradó al comité de vigilancia y a un par de condóminos.
Días después convocaron a nueva asamblea ordinaria a verificarse el 12 de febrero del 2014 y se negaron a entregar copia del acta de asamblea, argumentando que no se acreditó debidamente la propiedad de los condóminos (mediante escrituras, pago de predial, credencial de elector, etc.). Sin embargo, nunca se presentaron por escrito las impugnaciones de los agraviados. Por tanto, dichas impugnaciones no existen legalmente, dando por improcedente el hecho bajo el que se funda la nueva convocatoria y causando estado legal de la asamblea del 08 de enero, junto con todos sus acuerdos.
Ya revisé el reglamento de administración del condominio, el código civil y la ley sobre el régimen de propiedad y condominio de inmuebles y éstos no mencionan nada respecto de un plazo de prescripción/caducidad para anular una asamblea por vicios en la misma, ni para interponer recurso de reconsideración sobre sus acuerdos/determinaciones. ¿Existe plazo para esto? ¿Cuáles son los requisitos que deben contener dichos recursos (Nombre y domicilio del agraviado; hechos y consideraciones en que se funde su impugnacion)?
Gracias por su ayuda.
Ing. Juan Orozco
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