B"//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=148558&forod=0">uen día:
La presente es para solicitar su apoyo en la siguiente duda:
Actualmente la empresa en donde "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=148558&forod=0" oncontextmenu="return false;" style="border-bottom-color: currentcolor;">trabajo estamos elaborando las politicas organizacionales, reglamento interno y acta administrativa. La pregunta es, el reglamento interno de trabajo ¿debe presentarse ante la junta de conciliación y arbitraje y debe ser elaborada por una comisión mixta como lo indica el titulo séptimo art, 424 de la Ley Federal de Trabajo?
Y si fuera así, ¿que sucedería si la "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=148558&forod=0" oncontextmenu="return false;" style="border-bottom-color: currentcolor;">empresa solo elabora el reglamento y no lo presenta ante la junta de conciliación y arbitraje?
De antemano, muchísimas gracias por el apoyo.