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PENSION POR INVALIDEZ

  • Consulta : 227723
  • Autor : pedro.g.casillas_NR
  • Publicado : Martes 22 de Abril de 2014 20:40 desde la IP: 177.236.26.208
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,216
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  • Autor
    Consulta

  • pedro.g.casillas_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Buenas tardes,

            Alguien me podria orientar sobre la recuperacion de los recursos cuando se tiene una INVALIDEZ DEFINITIVA?, cuando se pensionan por el regimen 73 y 97.

    De antemano les agradezco su orientacion.

    Reciban un cordial saludo.

    PCR.

     

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