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DONACION
- Consulta : 113421
- Autor : eduardo2161_NR
- Publicado : Jueves 19 de Mayo de 2011 22:52 desde la IP: 187.140.196.208
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 19 de Mayo de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 223882
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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Mayo de 2011 00:32 2011-05-20 00:32 desde IP: 189.216.229.221
Debe ser ante notario, pagando los impuestos correspondientes e inscribiendo en el Registro Público. Ojo, si es una donación en perjuicio de acreedores o es el único bien con el que cuenta, es fácil que se la tiren mediente la acción pauliana.
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