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DEMANDA LABORAL
- Consulta : 142983
- Autor : elperfeccionista1803_NR
- Publicado : Miércoles 21 de Marzo de 2012 16:55 desde la IP: 66.98.92.39
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,229
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 21 de Marzo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 258917
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Marzo de 2012 17:33 2012-03-21 17:33 desde IP: 187.195.95.7
No importa si negó o aceptó la relación laboral, lo importante es que se pruebe que existía una relación laboral y un despido injustificado.
De acreditarse la acción, tendrá que pagar lo que el laudo condene.
Si Usted es el patrón, trate de llegar a un acuerdo antes de que sea demasiado tarde...
Mientras no haya un laudo, no haya nada para nadie, por eso es buen momento de llegar a un convenio.
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 258920
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Marzo de 2012 18:07 2012-03-21 18:07 desde IP: 189.134.162.244
Distinguido Consultante
Si el patrón demandado en un juicio laboral se concreta a negar la relación jurídica de trabajo con el actor, y éste prueba la existencia del vínculo contractual, ipso facto quedarán probadas y a cargo de la demandada las prestaciones laborales que aquél reclame, puesto que al refugiarse en una defensa que a la postre resultó una inexactitud, la consecuencia procesal será la de la afirmación de los hechos contenidos en la demanda laboral, por no haber demostrado lo contrario la parte demandada a quien incumbía la carga de probar haber cubierto las prestaciones reclamadas, y que para eludirla, optó por recurrir a la negativa de la relación de trabajo que sí existía, tendrá que cubrir las prestaciones reclamadas.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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