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PAGO DE FINIQUITOS CON CHEQUE NOMINATIVO CON LA LEYENDA PARA ABONO EN CUENTA DEL CONTRIBUYENTE
- Consulta : 99913
- Autor : alfonsoh_NR
- Publicado : Viernes 28 de Enero de 2011 17:55 desde la IP: 201.131.8.28
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,131
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 28 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
Un trabajador nos pide que le paguemos el finiquito con cheque nominativo sin la leyenda para abono en cuenta del contribuyente, sin embargo al an´palizar el artículo 31 fracción III penúltimo párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta dice que si debo poner esa leyenda siendo ésta un requisito para la deducción del pago.
Existe algun fundamento o precedente jurídico (tesis, criterio, jurisprudencia o fundamento legal) que me exima de ponerle la leyenda para abono en cuenta del contribuyente?
Muchas Gracias por su ayuda.
Saludos!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 207507
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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Enero de 2011 18:15 2011-01-28 18:15 desde IP: 187.131.177.195
No es el caso de justificar la deducibilidad de un "gasto" pues las percepciones salariales en general deben ser pagadas en efectivo de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.
Luego entonces, a Usted le basta un recibo simple para sus aplicaciones contables y fiscales.
Cualquiera otra medida adicional de seguridad, cheque nominativo o cruzado, que imposibilite al trabajador hacer efectivo su remuneración, incidirá necesariamente en el patrón quien no se verá liberado de la obligación.
Saludos cordiales.
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