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LIBERACION DE GRAVAMEN
- Consulta : 99264
- Autor : raga_2906_NR
- Publicado : Lunes 24 de Enero de 2011 16:01 desde la IP: 189.136.131.21
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,116
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 24 de Enero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 206812
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Fecha de respuesta: Lunes 24 de Enero de 2011 16:07 2011-01-24 16:07 desde IP: 201.110.68.44
Certificado de Libertad de Existencia o Inexistencia de Gravámenes
Descripción del Trámite y/o Servicio.
Trámite mediante el cual el Gobierno del D.F. a través de la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio emite certificación que sirve para comprobar la situación Jurídica Registral que guarda un inmueble en lo relativo a los gravámenes, limitación de dominio o anotaciones preventivas por un periodo de veinte años o por el tiempo solicitado.
Tipo de Usuario y/o población objetivo
Público en general y fedatarios públicos.
Descripción de los beneficios para el usuario
Certeza y seguridad jurídica sobre el dato solicitado.
Requisitos
Solicitud de Entrada y Trámite por triplicado. Que contenga nombre y firma del solicitante, lapso por el que solicita el certificado, datos de ubicación de la finca, así como el antecedente registral de libro o folio. Línea de captura pagada y por duplicado. Vía Internet Solicitud de Entrada y Trámite electrínica, pago de línea de captura.
Vínculo a los formatos requeridos
Formato de solicitud de Entrada y Trámite.
Plazos para la prestación del servicio o tiempo de respuesta
Tiempo de respuesta: 5 días hábiles.
*(A excepción de certificaciones en las que se involucren a otras áreas de esta Dependencia para su tramitación).
Área del ente público donde se gestiona el servicio: Unidad administrativa, domicilio, días y horario de servicio
Dirección de Acervos Registrales y Certificados (Subdirección de Certificados). Recepción de documentos: Subdirección de Ventanilla Única, ubicada en Villalongín número 15, primer piso, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, México D.F. C.P. 06500. Horario de atención de 8:00 a 14:00 horas.
Costos y sustento legal para su cobro
Artículo 198 Frac. I del Código Fiscal del D.F. $450.00
Lugares donde se efectua el pago
En Instituciones Bancarias: Banamex, Bancomer, Afirme, Bajío, Banjército, Banorte, HSBC, Inbursa, IXE, Santander, Scotiabank Inverlat, Serfin, etc. Así como Centros Comerciales: Gigante, Comercial Mexicana, Aurrera, Vips y Sumesa.
Fundamento Jurídico-Administrativo del servicio
Artículo 3000, 3001, 3008 y 3016 del Código Civil para el D.F. Artículos 4°, 6°, fracciones VII y VIII, 92 y 94 del Reglamento del RPPyC del D.F.
Derechos del usuario ante la negativa o la falta de respuesta
Acudir a audiencia ante el jefe inmediato superior correspondiente, a efecto de conocer la situación administrativa que guarda el asunto. Recurso de Inconformidad ante el superior jerárquico (Director General) o Juicio de Nulidad ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal (artículos 109, 110 y 111 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad y 108 del la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal); según el caso. Procedimiento de responsabilidades administrativas ante la Contraloría Interna, artículo 47 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Distrito Federal. -
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