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AYUDA POR FAVOR !!!!!!!!!

  • Consulta : 98780
  • Autor : karinaramirez20_NR
  • Publicado : Jueves 20 de Enero de 2011 12:12 desde la IP: 200.34.165.99
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,126
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  • Autor
    Consulta

  • karinaramirez20_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    buenas tardes estimados lic. del foro.

    Mi abuela acaba de fallecer y la señora que cuido a mi abuela por 10 años a mi abuela no se quiere salir de la casa ,nos amenazo que iria con un abogado o que le dieran parte de la casa , las escrituras estan a nombre de mi madre,  tiene posibilidades de quedarse con la casa ? ¿ que podemos hacer ? muchas gracias por su atencion y su asesoria

     

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  • Autor
    Respuesta No: 206137

  • javsanz
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si las escrituras estan a nombre de su madre no tiene porque preocuparse, solicite su desalojo, contrate un abogado para que lo asesore de manera inmediata.

     

    Suerte!!



  • Autor
    Respuesta No: 253737

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguida Consultante

    La persona que refiere era empleada de su abuela y no tiene derecho sobre el inmueble, si se trata de pareja afectiva puede intentar prescribir el inmueble a su favor, como empleada al servicio de su abuela esta pudiera demandar laboralmente, lo mejor es que contrate a un abogado y considere una gratificación para esta persona y lograr un arreglo conciliatorio, toda vez que esta persona puede intentar prescribir el inmueble a su favor.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx



  • Autor
    Respuesta No: 253740

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Consultante:

    Contrate los servicios de un abogado y haga lo siguiente:

    1) Inice la sucesión de su abuelita y una vez nombradao el albacea, éste msmo tiene que demandar a la señora que habita el inmueble por la terminación del comodato verbal con la de cujus y como consecuencia de ello, el desalojo del inmueble.

    2) No puede prescribir dicho inmueble pues no tiene posesión jurídica originaria que le de justo título para ello.

    OJO: Tiene que ser mediante juicio, no se le vaya a ocurrir sacarla usted misma porque se va derechito para la cárcel.

    Saludos.



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