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JUICIO DECLAATIVO DE PROPIEDAD
- Consulta : 98141
- Autor : MEXCARLOS2010_NR
- Publicado : Sábado 15 de Enero de 2011 23:42 desde la IP: 201.165.191.43
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,114
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 15 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
HAYUN AMIGO QUE VIVE EN UNA PROPIEDAD DESDE HACE MAS DE ONCE AÑOS, DICHO INMUEBLE NO TIENE DUEÑO APARENTE YA QUE EN ESTE TIEMPO JAMAS SE HA ACERCADO NADIE A RECLAMARLO, SE VA A PROMOVER JUICIO DECLARATIVO DE PROPIEDAD RESPECTO DE ESTE BIEN, LA PREGUNTA ES, ES MENESTER PARA ESTO QUE SE PROMUEVAN DILIGENCIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA A FIN DE ACREDITAR HECHOS DE POSESION ANTES?
GRACIAS.
LIC. CARRILLO
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 205268
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Fecha de respuesta: Domingo 16 de Enero de 2011 13:48 2011-01-16 13:48 desde IP: 201.154.199.228
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Autor
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AutorRespuesta No: 205392
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Enero de 2011 00:13 2011-01-17 00:13 desde IP: 97.107.134.148
TERE SOY ABOGADA NORTEAMERICANA Y REQUIERO DE REALIZAR TRAMITES EN MEXICO, REQUIERO DE UNA ABOGADA MEXICANA CON LA EXPECIALIDAD QUE DICE TENER ME INTERESA CONTRATARLA SIEMPRE Y CUANDO ME DEJE AQUI SU NUMERO DE CEDULA PROFESIONAL PARA CHECARLA EN LA SEP PARA EVITAR QUE YO SEA ENGAÑADA POR QUE CUANDO SON ABOGADOS APARECE EL NUMERO DE CEDULA PROFESIONAL Y USTED, OFRECE SUS SERVICIOS PERO NO VEO SU NUMERO DE CEDULA PROFESIONAL NI EL ICONO QUE SE LES OTORGA A LOS ABOGADOS REALES ENTENDERE QUE SI NO PONE SU NUMERO ES POR QUE NO ES ABOGADA O SI PONE DE UN TERCERO Y NO EL PROPIO, ENTENDERE QUE NO ES ABOGADA Y QUE REALIZA TRAMITES HACIENDOSE PASAR COMO ABOGADA SIN SERLO
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Autor
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AutorRespuesta No: 323611
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Agosto de 2013 18:38 2013-08-13 18:38 desde IP: 201.124.93.185
Buenas Tardes:
Respondiendo a su pregunta, le comento que la prescripción positiva o adquisitiva (comúnmente llamada "//meta.wikimedia/wiki/w:es:Usucapi%C3%B3n">usucapión), es un modo de adquirir la propiedad que consiste en la conversión del poseedor de un bien, en propietario del mismo por el transcurso del tiempo. Actualmente se requiere de cierto formalismo legal para poder usucapir determinados bienes, ya sean muebles o inmuebles.
Ahora bien en su caso puede interponer una DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN POSITIVA, interviniendo su abogado, mediante el tramite por el juicio Ordinario Civil ante los Juzgados Civiles de su localidad, a fin de que un Juez Civil conozca de su asunto, donde la prestación fundamental es La declaración judicial en sentencia ejecutoria de que me he convertido en el dueño y propietario del inmueble.
Asimismo también le comento que es fundamental para este tipo de juicio Tener el inmueble en carácter de propietario de forma pacifica, continua y pública, ya que es de donde se desprenderá el éxito de su asunto mediante Sentencia Definitiva.
Espero que la información proporcionada te sea de utilidad, cualquier aclaración, duda o información adicional que necesite quedo a sus ordenes.
Saludos.
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