- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
DUDA SOBRE PENSION IMSS
- Consulta : 97756
- Autor : efrenfuentescruz_NR
- Publicado : Miércoles 12 de Enero de 2011 23:40 desde la IP: 187.198.157.16
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,132
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 12 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Guerrero
HOLA AL FORO OJALA ME AYUDEN
HE COTIZADO AL IMSS DESDE 1988 COMO TRABAJADOR,ACTUALMENTE VOY A PONER UN NEGOCIO POR MI CUENTA Y PIENSO DE DARME DE ALTA IMSS COMO PATRON PERSONA FISICA MI DUDAS SON LAS SGUIENTES.
1.-AL DARME DE ALTA COMO PATRON PERSONA FISICA MIS OTRAS COTIZACIONES ANTERIORES SE PIERDEN O ME LAS CUENTAN
2.-TENDRE DERECHO A UNA PENSION O NO
3.-Y CON CUANTOS SALARIOS ME PUEDO DARME DE ALTA
MUCHAS GRACIAS POR EL ASESORAMIENTO
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 204661
-
Fecha de respuesta: Jueves 13 de Enero de 2011 11:25 2011-01-13 11:25 desde IP: 189.152.3.173
Al darse de alta como patron sus cotizaciones como trabajador no se pierden seguir contando para cuando tenga derecho segun la edad y la conservacion de derechos.(regimen obligatorio)
ya una vez dado de alta como patron puede registrase en el imss para contar con los servicios institucionales y pension ,pero en este ramo esta sera hasta los 65 años, y el registro unicamente podras ser con un salario minimo del D.F.(voluntario al regimen obligatorio).
en orden 12 y 13 de la ley del seguro social............diferentes cotizaciones.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 319272
-
Fecha de respuesta: Viernes 21 de Junio de 2013 09:52 2013-06-21 09:52 desde IP: 187.232.36.246
Buenos dias
1.Tu otras cotizaciones como TRABAJADOR no se pierden
2.Tendras derecho hasta los 60 años cumplidos y si se encuentran vigentes tus derechos, asi como tambien si cumples con el minimo de semanas cotizadas
3. Al darte de alta como PATRON persona fisica, no tienes que darte de alta con algun sueldo.
Aqui tal vez estas confundido, ya que ahora tu vas a estar por asi decirlo del otro lado del escritorio, es decir, ahora vas a ser tu el patron y tus cotizaciones como trabajador van a quedar sin ningun movimiento, y el hecho que tu te des de alta ante el IMSS como patron, no existe beneficio alguno para en tus semanas de cotizacion como TRABAJADOR.
Saludos
CP Alejandro Vazquez Glez.
-
Autor
-
AutorRespuesta No: 319279
-
Fecha de respuesta: Viernes 21 de Junio de 2013 12:36 2013-06-21 12:36 desde IP: 189.241.251.10
Lo que plantea wofito es la opción para seguir cotizando a través de la Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio, que entre otras es para personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio.
También existe la opción de la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, para trabajadores que dejan de cotizar. Aquí no tendrías seguro de riesgo de trabajo ni servicio médico, el cual puedes contratar con un pago anual, pero seguirías cotizando para tu cesantía y poderte pensionar a los 60 años, para esto te inscribes con el último salario que tenías y hasta 25 salarios mínimos.
No conozco que exista alguna restricción para que un extrabajador, futuro empresario, pueda inscribirse en la Continuación Voluntaria. Si la hubiera, ojalá puedan comentarlo.
-
Autor





