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SERVIDORES PUBLICOS JUICIO DE NULIDAD PROCEDE CONTRA ACTOS QUE NO SEAN SENTENCIAS DEFINITIVAS?
- Consulta : 97742
- Autor : daniel_montiel21_NR
- Publicado : Miércoles 12 de Enero de 2011 20:35 desde la IP: 201.132.100.236
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,126
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 12 de Enero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 204607
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 21:41 2011-01-12 21:41 desde IP: 189.216.71.80
Usted tiene dos posibles acciones que son optativas pero no excluyentes: Puede promover el juicio de revocación ante la misma autoridad. y de no ser favorable, puede interponer el juicio de nulidad ante el Contencioso Administrativo. También puede interponer directamente el juicio de nulidad si así lo prefiere. Pero tiene un término ojo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 271649
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Junio de 2012 13:49 2012-06-20 13:49 desde IP: 201.147.98.251
Permitame diferir.......Contra el resultado de una auditoría NO existe recurso legal alguno pues este NO es un acto de autoridad, ni afecta la esfera jurídica del auditado.
En todo caso, en la parte de comentarios, el servidor público que no esté de acuerdo con las observaciones de la auditoría, deberá dejarlo asentado haciendo valer sus argumentos.
La revocación y la nulidad proceden ÚNICAMENTE contra resoluciones que pongan fin al Procedimiento Disciplinario a que se refiere el artículo 21 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 271651
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Junio de 2012 13:54 2012-06-20 13:54 desde IP: 201.147.98.251
En el caso particular del Estado de Durango, aplican los mismos comentarios (Checar artículos 69 y 70 de la Ley Local)
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Autor





