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PENSION ALIMENTISIA
- Consulta : 97355
- Autor : joelcastillo
- Publicado : Lunes 10 de Enero de 2011 13:11 desde la IP: 201.147.152.117
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,138
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Enero de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 204037
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Enero de 2011 13:24 2011-01-10 13:24 desde IP: 201.172.190.175
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Autor
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AutorRespuesta No: 204042
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Enero de 2011 13:34 2011-01-10 13:34 desde IP: 201.137.20.74
NO CREO QUE PROCEDA LA ACCION, USTED DEBIO DE HABER HECHO VALER ESE HECHO CUANDO SE LE DEMANDO LOS ALIMENTOS EN EL JUICIO QUE SE LLEVO EN SU MOMENTO, MISMO DONDE SE LE DESCUENTO EL 40 % DE LOS ALIMENTOS.
EN TODO CASO LLEVE A CABO LA LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, NO MENCIONAS BAJO QUE REGIMEN DE BIENES TE CASASTE
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 204052
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Enero de 2011 14:55 2011-01-10 14:55 desde IP: 189.234.198.143
no dices lo importante... si estan bajo el regimen de separación de bienes o de sociedad conyugal... si la casa espropia o estan rentando... porque el juez no ordenó la separación de cuerpos al momento del emplazamiento...
lo que peudes hacer es pedir el lanzamiento judicial de tu pareja... ya estan divorciados... le daran 3 dias para salir y despues puedes con la presencia del actuario ... hacer el lanazamiento...
tu abogado sabe que hacer...
disminuir la pensión no es el caso...
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