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VENTA DE MASA HEREDITARIA EN SUCESIóN

  • Consulta : 4896
  • Autor : marbecpds_NR
  • Publicado : Miércoles 11 de Febrero de 2009 16:19 desde la IP: 200.78.231.103
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 438
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  • Autor
    Consulta

  • marbecpds_NR
    NO REGISTRADO

    Mi hermano falleció hace algunos años, dejando un vehículo que estaba pagando al banco. Para liberar la factura iniciamos la sucesión intestamentaria hasta la junta de herederos y la designación del albacea. Mis padres (únicos herederos) determinaron que mi madre fuera la albacea y con el dictamen emitido por el juez se pudo hacer el trámite ante el banco para liberar la factura. En ausencia de algún otro bien, nos pareció inútil continuar con el procedimiento sucesorio, sobre todo por lo costoso del trámite.  Sin embargo, en estos momentos mis padres ya no pueden sufragar los gastos del automóvil, por lo que desean venderlo, el asunto aquí es que no hay una designación como tal del bien, pero tengo entendido que el albacea puede vender algún bien con la aprobación de los herederos, en este caso la albacea es coheredera junto con mi padre. En este sentido, ¿el albacea puede endosar la factura del vehículo con el Vo. Bo. del segundo heredero? o ¿es necesario que el juez determine o asigne algún beneficiario?, esto último con el detalle de que significaría completar todo el procedimiento, los gastos se extiendan, etc.. etc.. O, ¿puede ser, que para la venta por parte del albacea deba hacerse por mandato de un juez? POR FAVOR AYÚDENME... MIL GRACIAS.

     

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