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PUEDEN EMBARGARME O ENCARCELARME POR NO PAGAR UN CREDITO REVOLVENTE?

  • Consulta : 4198
  • Autor : aldo1904_NR
  • Publicado : Lunes 02 de Febrero de 2009 23:33 desde la IP: 201.144.87.40
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 467
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  • Autor
    Consulta

  • aldo1904_NR
    NO REGISTRADO

    Debo cientos de miles a Banamex, entre tarjetas y el Credicheque. Aunque por años fuí cliente cumplido, ahora ya no puedo pagar ni los mínimos, y mis deudas suben y suben aunque ya no uso las tarjetas o el crédito. Tengo entendido que puedo no pagar las tarjetas hasta que me ofrezcan algún esquema conveniente sin intereses o algo parecido, pero no sé si es diferente con el crédito revolvente. Gracias por sus opiniones

     

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  • Autor
    Respuesta No: 10687

  • licperezalfaro
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola, evidentemente que la carcel no procede por ser una garantia constitucional por ello olvida lo penal, el embargo si es procedente siempre y cuando el banco inicie un prodedimiento judicial en tu contra, en cuanto a que no pagues hasta que te ofrezcan una alternativa, ello no es una obligacion, eso sucede en ocasiones SOLAMENTE cuando el banco LO acepta, lo mejor es que trates de renegociar tu adeudo con el banco y si no acepta tus posibilidades REALES de pago, demanda y consignale pagos o bienes a su favor, cominicate y te oriento más. saludos



  • Autor
    Respuesta No: 13794

  • Aldo1
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Y que me pueden embargar? Mis únicas posesiones son un vehículo que vale la mitad del préstamo (o menos) y un domicilio que compré en un crédito Fovisste cofinanciado con mi esposa (casados por bienes separados) del que he pagado menos de $20,000. ¿pueden quitármelos?



  • Autor
    Respuesta No: 13801

  • danielk
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, te comento que como te comenta el Lic. Perez Alfaro, por deudas de carácter civil no vas a la cárcel, siempre y cuando no hayas ocasionado una insolvencia fraudulenta, pero al parecer si liquidabas tu adeudo pero por motivos no imables a ti tu capacidad de pago cambio, te sugiero trates de llegar a un acuerdo con el banco manifiesta tu actual situación, si te proponen un convenio trata de llegar un acuerdo que no sea gravoso para tí.

    De no tener respuesta favorable a ti, acude a un abogado que te dará las diversas alternativas para poder arreglar esto. Te comento si puedes llegar a ser demandado por el adeudo y pudieran llegar a señalar bienes para embargo, pero esto siempre será dictado por una autoridad judicial. Suerte!!!





  • Autor
    Respuesta No: 14963

  • Aldo1
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Como bienes, solo tengo una casa que compramos por crédito cofinanciado con mi esposa, ella con Infonavit y yo con Fovissste. Estamos casados por bienes separados y hemos pagado entre los dos unos $30,000. Además tengo un vehículo que vale unos $50,000 y algunos muebles y aparatos por menos de $15,000 si bien me va.



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