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TABLA PARA CONTABILIZAR LAS VACACIONES DE LOS TRABAJADORES
- Consulta : 3978
- Autor : ivonne_basilio_NR
- Publicado : Viernes 30 de Enero de 2009 13:12 desde la IP: 189.216.87.63
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 474
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 30 de Enero de 2009
Hola que tal..
Mi duda es como se lleva a cabo el cómo de las vaciones para los trabajaodores despues del cuarto año de servicios, ya que cada empresa aplica criterios difererntes a este respecto. Yo quisiera aplicar el mas apegado a la LFT pero no se si mi interprestación es la correcta, por lo que agradecería mucho me enviaran una tabla de contabilización de vacaciones.
De antemano muchas gracias!!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 9577
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2009 13:54 2009-01-30 13:54 desde IP: 200.77.250.26
Que tal espero te ayude mi respuesta;
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo seria así.
Por el primer año trabajado tienen derecho a 6 dias de vacaciones.
Despues del año, al siguiente año aumentaran dos dias mas y así sucesivamente hasta llegar a 12 dias de vacaciones.
Al quinto año que este trabajando se aumentaran otros dos años por lo que tendria derecho a 14 dias de vacaciones.
Despues del quinto año y con los 14 dias de vacaciones, por cada otros cinco años de trabajo aumentaran 2 dias mas.
Espero entiendas mi respuesta, quedo a tus ordenes para cualquier aclaracion o duda.
Ya que si es posible te podríamos dar una acesoria mas completa ya que nos dedicamos al área jurídica de diversas empresas.
Lic. Julio Hernandez.
cel. (044) 5529726738
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Autor
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AutorRespuesta No: 9581
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2009 14:00 2009-01-30 14:00 desde IP: 189.160.15.37
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Autor
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AutorRespuesta No: 9583
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Fecha de respuesta: Viernes 30 de Enero de 2009 14:01 2009-01-30 14:01 desde IP: 201.172.53.5
Salu2
AÑOS DE DIAS VAC. PRIMA VAC. AGUINALDO OTRAS FACTOR
SERVICIO
- 1 6 1.5 15 - 1.0452
- 2 8 2 15 - 1.0465
- 3 10 2.5 15 - 1.0479
- 4 12 3 15 - 1.0493
- 5 14 3.5 15 - 1.0506
- 6 14 3.5 15 - 1.0506
- 7 14 3.5 15 - 1.0506
- 8 14 3.5 15 - 1.0506
- 9 14 3.5 15 - 1.0506
- 10 16 4 15 - 1.0520
- 11 16 4 15 - 1.0520
- 12 16 4 15 - 1.0520
- 13 16 4 15 - 1.0520
- 14 16 4 15 - 1.0520
- 15 18 4.5 15 - 1.0534
- 16 18 4.5 15 - 1.0534
- 17 18 4.5 15 - 1.0534
- 18 18 4.5 15 - 1.0534
- 19 18 4.5 15 - 1.0534
- 20 20 5 15 - 1.0547
- 21 20 5 15 - 1.0547
- 22 20 5 15 - 1.0547
- 23 20 5 15 - 1.0547
- 24 20 5 15 - 1.0547
- 25 22 5.5 15 - 1.0561
- 26 24 6 15 - 1.0575
- 27 24 6 15 - 1.0575
- 28 24 6 15 - 1.0575
- 29 24 6 15 - 1.0575
- 30 24 6 15 - 1.0575
Gerado
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Autor
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AutorRespuesta No: 10377
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Febrero de 2009 11:08 2009-02-02 11:08 desde IP: 189.189.123.214
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Autor
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AutorRespuesta No: 10378
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Febrero de 2009 11:12 2009-02-02 11:12 desde IP: 201.172.53.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 155260
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Junio de 2010 19:12 2010-06-25 19:12 desde IP: 189.149.255.247
La ley federal del trabajo dice en su articulo 76, que los trabajadores que tengan mas de un año de servicios disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningun caso podra ser inferior a 6 dias laborables, y que aumentara en 2 dias laborables, hasta llegar a 12, por cada año subsecuente de sevicios.
Despues del 4º año, el periodo de vacaciones aumentara por cada 5 de servicios.
VACACIONES
style="WIDTH: 311px; HEIGHT: 321px" border=1 cellSpacing=0 cellPadding=4 width=311 align=center>
1 año 6 dias 2 años 8 dias 3 años 10 dias 4 años 12 dias 5 - 9 años 14 dias 10 - 14 años 16 dias 15 - 19 años 18 dias 20 - 24 años 20 dias 25 - 29 años 22 dias 30 - 34 años 24 dias 35 - 39 años 26 dias Y asi sucesivamente.
Recuerda que:
Art. 77. Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendran derecho a un periodo anual de vacaciones, en proporcion al numero de dias trabajados en el año.
Art. 78. Los trabajadores deberan disfrutar en forma continua 6 dias de vacaciones.
Art. 79. Las vacaciones no podran con una remuderacion.
Sila relacion de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendra derecho a una remuneracion proporcionada al tiempo de servicios prestados.
Art. 80. Los trabajadores tendran derecho a una prima no menor de 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones.
Art. 81. Las vacaciones deberan concederse a los trabajadores dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregaran anualmente a sus trabajadores una constancias que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el periodo de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberan disfrutarlo.
Espero que te sirva.
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