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AUXILIO ABOGADOS! RENTA DE PARCELA ¿TRIBUNALES CIVILES O AGRARIOS?
- Consulta : 3584
- Autor : belmon_NR
- Publicado : Martes 27 de Enero de 2009 01:08 desde la IP: 201.167.58.184
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 27 de Enero de 2009
height="157" cellspacing="0" cellpadding="0" width="860" align="center" border="0">
cellspacing="0" cellpadding="0" width="98%" align="center" border="0"> EN 2001 MI PADRE RENTO UNA PARCELA POR UN LAPSO DE 20 AÑOS PAGANDO POR ADELANTADO, EL ARRENDADOR FALLECIÓ, PERO EN EL CONTRATO SE ESTIPULA QUE EN CASO DE FALLECIMIENTO DE CUALQUIERA DE LOS CONTRATANTES LOS HEREDEROS CUMPLIMENTARÁN EL CONTRATO. NO TENGO LA POSESIÓN. EN EL CONTRATO SE ESTIPULA TAMBIÉN QUE SE SOMETERÁN A LAS AUTORIDADES AGRARIAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. ¿TIENEN INGERENCIA LOS TRIBUNALES CIVILES O LOS AGRARIOS? POR FAVOR, LES AGRADEZCO SU INVALUABLE APOYO
LAURA JIMENEZ
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 8728
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Enero de 2009 10:38 2009-01-27 10:38 desde IP: 65.91.147.148
Estimada Laura Jimenez.
Por tus comentarios, y los datos que ofreces; es materia Agraria y por ende es la Procuraduria Agraria y los Tribunales Agrarios los que pudiera proveer para el caso que nos ocupa.
Te recomiendo acudir con el Abogado Agrario de la Procuraduria Agraria, que corresponda al estado en el que te encuentras.
Ahora bien, nuestro parecer conforme a lo que comentas es el siguiente:
Primero te recomiendo asistir al Registro Agrario Nacional, y solicitar una constancia de sucesores del finado (quien les arrendo las tierras) para que identifiques si existe sobre cerrado o dejo sucesores abiertos. Esto te daria una clara idea con quien tienes que acercarte para que manera conciliatoria te ayude a respetar el contrato de arrendamiento de la parcela. Vendele la idea diciendole que a el tambien le beneficia arreglar su situacion y tener el certificado parcelario a nombre (del hijo del arrendador).
Cuanto tiempo falta para terminar el arrendamiento?...
Si no existe sucesor, la situacion cambia y se hace mas largo y tedioso el proceso, habria que iniciar un procedimiento diferente que forzosamente tendria que involucrar un Abogado ( de preferencia de la procuraduria agraria, ya que el costo es relativamente gratuito).
Saludos
DJ Elizalde
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Autor
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AutorRespuesta No: 8730
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Enero de 2009 10:46 2009-01-27 10:46 desde IP: 201.171.155.134
Estimada colega para mí son los tribunales agrarios los que deben de conocer de tu caso.
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