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PENSIóN ALIMENTICIA A MAYORES DE EDAD

  • Consulta : 3421
  • Autor : mjmendiar_NR
  • Publicado : Sábado 24 de Enero de 2009 23:08 desde la IP: 189.131.55.94
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 467
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  • Autor
    Consulta

  • mjmendiar_NR
    NO REGISTRADO

    En primer lugar agradezco a ustedes la oportunidad que me brindan para poder buscar el apoyo legal aunque sea por este medio ya que soy un maestro rural que en un momento determinado me junte con una mujer maestra tambien de profesión, con un hijo que no es mio, con el tiempo procreamos un par de gemelos y despues de un tiempo nos separamos por diferencia de caracteres.

    Mi pregunta es ¿esta cuando tengo que dar pensión alimenticia? actualmente ellos tienen ya 24 años uno ya es padre de familia aunque todavia siguen estudiando,(Bueno es lo que me comentan terceras personas ya que no recibo información de sus calificaciones por medio de sus boletas u otro medio para saber si efectivamente estan estudiando) pero sé que la fecha limite es hasta los 28 años. Su madre mi exmujer tambien es maestra tiene bienes inmuebles superiores (Como automovil ultimo modelo, casa y demas bienes) a su sueldo producto de mi pensión pero principalmente al hecho de mantener relaciones con otro tipo de personas, sin embargo hasta el momento no lo puedo comprobar, mis hijos ya tienen como 15 años que no me buscan pero si reciben mi pensión. ¿Que apoyo me pueden brindar como le puedo hacer para quitarles la pensión ya que mi madre esta enferma.?

    Les agradeceria infinitamente su apoyo

    Luis Hernandez Perez  Gracias.

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 8377

  • victorlunacastro
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, lo que debes hacer es requerir judicialmente que te informen de su situacion economica y familiar.

    Con base en lo que resulte de este requerimiento, demandas la cacelacion de la pension alimenticia, o bien su reduccion.

    Ahora bien, tambien puedes intentar la reducion de la pension, informando al Juzgado sobre la situacion que guarda tu Señora Madre,

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 8387

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Difiero de lo opinado por el forista victorlunacastro, quien escribió:

    "lo que debes hacer es requerir judicialmente que te informen de su situacion economica y familiar"

    en virtud de que, usted carece de la autoridad para "requerir" que le informe nadie, y si el forista citado se refiere a que usted ejercite acciones judiciales de medios preparatorios a juicio, entonces le hago saber que es innecesario hacer tal cosa, pues el Registro Civil es una Institución pública, lo que significa que cualquiera pueda solicitar copias de las actas que tiene en sus archivos, de tal manera que, lo único que usted necesita, es solicitar copias certificadas de las actas de matrimonio de los hijos de usted y, eventualmente, de las actas de nacimiento de sus nietos, y con tales copias certificadas ya está usted en aptitud de demandar la terminación del pago de la pensión alimentaria.

    Pero mire usted que le menciono "terminación del pago de la pensión alimentaria" en vez de "cancelación la pensión alimenticia", porque existe mucha diferencia entre la "cancelación la pensión alimenticia" que implicaría que le devuelvan lo pagado con anterioridad, y la "terminación del pago de la pensión alimentaria"que implica que simplemente su obligación de pago quede terminada.

    ;



  • Autor
    Respuesta No: 8388

  • Jose Alberto
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si tu dejas de dar Pensión Alimenticia,dejaras que ellos denuncien  y a tu criterio dirás en tu contestación de demanda Civil, Denuncia Penal , que ya no das la pensión  por que ya a consideración tuya, no la requieren toda vez que tienen la mayoría de edad legal para trabajar y tu ya tienes un enfermo en casa, tu madre que necesita atención medica.  te sugiero acudas a contestar la demanda con un abogado o si demandas la reducción de pensión alimenticia, ellos se in conformaran en donde puedes decir, que no te visitan y que lo consideras como Ingratitud. 



  • Autor
    Respuesta No: 8392

  • Jose Alberto
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    pero coincido con el Lic Primus Tribunus en caso de que demande Usted la terminación de la pensión. o reducción de la misma  



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