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CITATORIO

  • Consulta : 3083
  • Autor : anluhe77_NR
  • Publicado : Miércoles 21 de Enero de 2009 09:06 desde la IP: 189.163.89.158
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 469
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  • Autor
    Consulta

  • anluhe77_NR
    NO REGISTRADO

    Buenos dias, quisiera saber si incurro en algun delito si no recibo un citatorio del juzgado civil para un pariente que vivia en mi casa. Yo no lo quise recibir ni firmar nada xq no es problema mio y esta persona ya no vive de fijo en mi casa, pero la señorita que llevo el papel me dice q incurro en el delito de falsedad, por no recibirle el citatorio, esto es verdad??

     

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  • Autor
    Respuesta No: 7529

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    HOLA: Usted puede estar completamente tranquila, para que opere el delito de Falsedad de declaraciones, usted debe ser requerido o comparecer de forma voluntaria ante una autoridad Judicial ( JUZGADO) o bien distinta de ls jucial como resulta ser el ( MP) y ante ellos haber sido PROTESTADA ,para conducirse con verdad en dichas diligencias y al no aparecer dicha formalidad no existe indicio alguno que le sea aplicable sancion alguna.

    No obstante, debe investigar si esa persona acudio proveniente de un despacho particular para hacer un requerimento extrajudicial, o bien en efecto era algun actuario de algun juzgado ,civil o penal mismo que buscaba llevar acabo algun emplazamiento o bien dejarle alguna notificacion.

    LIC. ESTRADA

     



  • Autor
    Respuesta No: 7535

  • anluhe77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues bueno, esta señorita si llevaba papeles del poder judicial, por lo que vi atraves de mi ventana, ella me decia que el asunto era xq mi padrastro habia firmado como aval de una señora en una deuda con un proveedor de algo y que por eso llevaba el citatorio. A mi me pidio mi nombre, pero no firme nada, es mas ni la puerta de mi casa le abri. La casa y todo lo que hay en ella esta a mi nombre, pero quiero saber si me meto en un problema al no recibir nada de citatorios cuando el dio ese domicilio para recibir notificaciones de este tipo.

    Gracias de antemano



  • Autor
    Respuesta No: 7545

  • Andrey Irra
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No importa que los documentos parezcan de juzgado. Conozco muchos despachos de cobranza que hacen uso de estos papeles apócrifos para engañar a las personsa y meterles miedo.

    Primero que nada, el que visita necesita identificarse como actuario y para ello debe tener un gafete del poder judicial en donde diga su nombre completo, el cargo y el juzgado al que pertenece.

    En segundo, si la persona no vive allá entonces no debes recibir el documento. DUDO que sea un actuario por tres razones:
    1.- En primer lugar acuden a realizar la diligencia ante la persona de quien se trate, JAMAS alguien más. Debe cerciorarse que efectivamente viva en ese lugar. Luego de hacerlo y de no encontrarse le deja citatorio para otro día, apercibiéndolo que de no encontrarse la diligencia se realizará con quien estuviere presente. Esto no sucedió ¿verdad? No es a la primera que lo tratarían contigo y como pretendía.
    2.- Un actuario no habla de falsedad puesto que tratar esos delitos es materia de otra rama del derecho y otros funcionarios, del orden penal, pues. En caso de que los habitantes de la casa mientan es obligación de los demandantes demostrar que en efecto la persona vive en ese lugar, no del actuario.
    3.- Los actuarios normalmente (al menos en mi estado) van acompañados con uno o varios demandantes, no suelen ir solos.
    4.- En caso de que nadie reciba el citatorio se deja por medio de cédula pegada en la puerta del predio del que se trate, dándole cinco días para contestar la demanda y de no hacerlo se le seguirá juicio en rebeldia (al demandado, claro).

    Como ves, el procedimiento descrito no encuadra con lo que hicieron así que la próxima vez manda a ese abogaducho de quinta a estudiar leyes de verdad o a dedicarse a otra cosa. Sólo quieren intimidar a ver qué sacan.



  • Autor
    Respuesta No: 7548

  • anluhe77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ok...  la primera persona que lo atendio fue una tia y no se si a ella le mostro algun gafete, asi q suponiendo que si haya sido una persona del poder judicial, nos metemos en algun problema?



  • Autor
    Respuesta No: 7555

  • Andrey Irra
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No hay problema alguno para tí. Esa diligencia es para notificar al demandado únicamente.
    Si a la primera se niegan a recibirla y el actuario, que debe IDENTIFICARSE SIEMPRE, y le consta que en realidad la persona sí vive en ese lugar, en ese momento deja pegado en la puerta un documento que indica que la persona debe estar presente en una fecha determinada y que de no hacerlo se hará la diligencia con quien se encuentre.

    De esto deducimos... la siguiente vez que acudieron volvieron a "amenazar" en lugar de llevar a cabo la diligencia por lo que.... son enviados de despachitos de cobranza queriendo asustar.

     Si sí fuera cierto de todas maneras no te metes en ningún lío. Lío sería para el demandado que de no contestar la demanda en tiempo se le seguiría juicio en rebeldía.



  • Autor
    Respuesta No: 8712

  • anluhe77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenos dias, pues ya estoy mas confundida que al principio-..... ayer mi hermanastro nos dijo que ya habian ido a ver a un licenciado y que el les dijo que debimos de haber recibido el citatorio aunq ya no viviera mi padrastro ahi en la casa, que porque cuando se hizo el contrato en el que el se presentaba como aval hipotecario de esta señora (que es su nuera) pusieron el domicilio donde vivo yo. De hecho les dijo que no podia ser de un despacho de cobranza por que la deuda no es con ninguna tarjeta ni tienda departamental si no con una empresa que era proveedor de bienes de esta señora. Y que como les debe desde hace mucho ya le metieron demanda mercantil pero q como ella les ha de haber dicho que no tiene con que pagar se estan yendo contra el aval hipotecario que es mi padrastro. Asi que ya no ssabemos que hacer....

    Espero puedan comentarme algo al respecto... Gracias



  • Autor
    Respuesta No: 9013

  • anluhe77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues ayer en la noche me encontre con la noticia de que ya habian ido nuevamente y ahora si dejaron el citatorio con una de mis tias, para que hoy mi padrastro estuviera a las 9:30 de la mañana para atender la diligencia. Mi hermanastro volvia a ir con su licenciado y le dijo que estuviera otra persona presente para atender la diligencia no mi padrastro, que solo le iban a leer un documento, que nada mas no dejara pasar a nadie a mi casa y que no firmara ningun papel y que no habria mas problema. Yo tuve que venirme a trabajar y ya no voy a saber que ocurrio. Asi que solo quisiera saber si esto es verdad, si este abogado esta asesorando bien.



  • Autor
    Respuesta No: 9223

  • anluhe77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    necesito que me respondan mi duda.... resulta que  embargaron la casa por la deuda de mi padrastro.... pero esto es posible si la casa esta a mi nombre y yo no tengo nada que ver con el asunto de esa deuda??? YO sabia que no, entonces porque le dijeron a mi hermanastro que la casa quedaba embargada hasta que arreglaran ese asunto con el proveedor. ME URGE QUE ME CONTESTEN POR FAVOR



  • Autor
    Respuesta No: 9227

  • Lvis
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    debe comparecer al juicio, y probar que la casa es de su propiedad, definitivamente no pueden embargarse bienes de una persona para garantizar el pago de deudas de otra persona, a menos que se trate de deudor solidario como es el caso del avalista, si usted no es avalista,  y la casa es suya, no tiene qué temer, pero sí actuar dentro del juicio, mediante una tercería excluyente de dominio, especie de juicio dentro del juicio principal, que tiene por objeto acreditar la propiedad y que se levante el embargo, o anularlo, por así decirlo. Puede optar también por un amparo.



  • Autor
    Respuesta No: 9228

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    anluhe77:

    Si la casa está embargada, lo procedente es que usted promueva una demanda incidental de "tercería excluyente de dominio", acompañando a su demanda las escrituras de la casa con las que acredita que dicho inmueble es propiedad de usted y solicitando el levantamiento del embargo.



  • Autor
    Respuesta No: 9231

  • fabrigag
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Una pregunta: ¿segura que embargaron la casa? o dijeron que quedaba embargada, porque si solo lo dijeron sin que haya evidencia de pormedio y no tienen copia de la demanda y del embargo ¿a que juicio comparecen?, cero que es lo que quiere decir  Primus Tribunus, cuando dice "Si la casa esta embargada..."



  • Autor
    Respuesta No: 9392

  • anluhe77
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pues eso me dijo mi hermanastro y mi mama, que el licenciado que hizo la diligencia le dijo que la casa qdaba embargada hasta que ellos arreglaran el asunto, aunq el les dijo que la casa estaba a mi nombre ellos le dijeron que no importaba, y de hecho me dijeron que llevaban todos los datos de mi casa, las medidas, colindancias y demas, ya no supe si le dejaron a el algun papel xq ayer mismo fue a ver a sus licenciado y hasta el fin de semana nos podremos ver para saber todo lo que le han dicho y como yo no puedo estar presente en esas diligencias por mi trabajo al cual no puedo faltar, pues ya no supe, pero si estoy preocupada xq no quiero q me quiten mi casa por un asunto en el cual yo no tengo nada que ver.



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