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FALTA ADMINISTRATIVA
- Consulta : 2869
- Autor : Maria de la Luz
- Publicado : Domingo 18 de Enero de 2009 21:23 desde la IP: 201.163.157.169
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 467
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 18 de Enero de 2009
Ayer me detuvo una patrulla de transito en Ecatepec y me dijo que cometi una falta administrativa.
Mi pregunta es: Las faltas administraivas estan tipificadas en algun codigo o reglamento de ecatepec o del Estado de Mexico?
Que se concidera como falta administrativa?
Gracias por su atencion y por sus respuestas.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 7055
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:28 2009-01-18 21:28 desde IP: 189.175.96.236
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Autor
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AutorRespuesta No: 7056
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:29 2009-01-18 21:29 desde IP: 189.190.113.131
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Autor
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AutorRespuesta No: 7060
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:33 2009-01-18 21:33 desde IP: 201.163.157.169
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Autor
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AutorRespuesta No: 7063
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:35 2009-01-18 21:35 desde IP: 189.190.113.131
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Autor
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AutorRespuesta No: 7068
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:39 2009-01-18 21:39 desde IP: 201.163.157.169
Disculpa mi necesad.
Si el policia de transito me dice que manejar en estado de ebriedad es falta administrativa, quiero saber en que se esta basando para afirmar eso.
No entiendo que es una falta administrativa ni se a que actos se les concideran faltas administrativas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 7069
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:40 2009-01-18 21:40 desde IP: 189.175.96.236
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Autor
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AutorRespuesta No: 7073
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:42 2009-01-18 21:42 desde IP: 201.163.157.169
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Autor
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AutorRespuesta No: 7076
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:45 2009-01-18 21:45 desde IP: 189.190.113.131
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Autor
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AutorRespuesta No: 7078
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 21:47 2009-01-18 21:47 desde IP: 201.163.157.169
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Autor
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AutorRespuesta No: 7099
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 22:23 2009-01-18 22:23 desde IP: 187.141.73.179
Hola María de la Luz
Tiene razón los compañeros abogados que te han informado en líneas arriba.Mira, debes recordar que los alcaldes son una autoridad en los municipios y a ellos les toca reglamentar ciertas conductas que no son precisamente un delito por no estar considerados dentro de la tipificación del código penal (nullum crimen sine leges es decir, no hay delito si no está tipificado) pero que moralmente no son correctos.La constitución faculta a los alcaldes aplicar sanciones administrativas con arrestos que no passan más alla de 36 horas.Para ello, todos los alcaldes al tomar posesión, emiten un documento que rige la vida de sus gobernados, ese documento se llama Bando de Policía y Buen Gobierno.En ese documento que es publicado en el periodico oficial de los estados, se reglamentoas todas las faltas que se consideran administrativas, desde orinar en la calle, andar desnudo o sin camisa, ingerir embrieagantes en la vía pública, reñir en la calle, besuquearse, realizar conductas moralmente reprobables, como tener relaciones sexuales en los parques aprovechando la oscuridad.En tu caso, dices que un agente de transito te aplicó una sanción administrativa. Quizá cometiste una infracción de tránsito y eso está reglamentado en otro documento que se llama Reglamento a la Ley de Tránsito y Vialidad (al menos en Tabasco, donde vivo).En algunas entidades la dirección de tránsito está a cargo del gobierno estatal, (como aqui en tabasco), y en otroas entidades, esa dirección se ha descentralizado y pertenece a los municipos. Seguramente es tu caso.Espero haber podico contribuir a despejar tus dudas.Saludos -
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AutorRespuesta No: 7103
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Fecha de respuesta: Domingo 18 de Enero de 2009 22:32 2009-01-18 22:32 desde IP: 201.163.157.169
Lic. Roberto, le agradezco enormemente su explicacion. Definitivamente tengo mucho mas claro que es una falta administrativa, y efectivamente, aqui en Ecatepec, hay un documento que se llama Bando de gobierno, que recien lei, pero quizas no lo lei con el debido detenimiento,porque no encontre nada referente a las conductas de los gobernados. Lo reelere. Y el agente de transito,me dijo que cometi una falta administrativa porque un automovilista le dijo que yo estaba en estado de ebriedad, aunque si tenia aliento alcoholico,pues tome dos cervezas, creo que no se concidera ebriedad, no me multo ni me pudo sacar dinero,porque le pregunte lo mismo que pregunte en el foro y no supò contestarme y me dejo ir.
Muchas gracias por su atencion.
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AutorRespuesta No: 211913
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Fecha de respuesta: Martes 22 de Febrero de 2011 17:50 2011-02-22 17:50 desde IP: 201.102.169.144
C. María de la Luz.
Tal y como lo refiere el Lic. Roberto, las faltas administrativas se encuentran contempladas en un Bando de Gobierno, y en el caso concreto, en el Bando Municipal de Ecatepec de Morelos, el cual podrá obtener imprimiendolo directamente de la página de internet del Municipio, o en las oficinas de la Dirección de Gobierno del Ayuntamiento de Ecatepec, y efectivamente tal y como Usted misma lo menciona, una de las faltas administrativas (infracciones) podrían ser el realizar las necesidades fisiologicas en la vía pública, grafitear, alterar el orden público o ingerir bebidas alcoholicas en la vía pública, o a bordo de vehículos automotores que se encuentren en la misma, tal y como se observa en el artículo 147 fracción III del Bando Municipal referido, y la sanción es de 8 a 20 días de salario mínimo, o arresto de 24 a 36 horas, en la Oficialia Conciliadora, mediadora y calificadora de Ecatepec.
Y las infracciones al Reglamento de Tránsito Metropolitano, solo pueden ser aplicadas por los oficiales de tránsito, otorgandoles un block de infracciones, Por esta razón ellos no podrían, ni deberían detenerla por faltas administrativas al Bando Municipal de Ecatapec, debido a que la autoridad competente son los elementos de seguridad pública municipal.
Usted podría interponer una queja en la Contraloría Municipal denunciando a los elementos de la patrulla que la detuvieron, mencionando el número de patrulla, o bien el nombre del oficial de tránsito, por eso es importante pedirles que se identifiquen, de hecho es una obligación de ellos el identificarse.
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