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PUEDO PEDIR A JUEZ REUNION CON DEUDOR?
- Consulta : 286147
- Autor : amc252_NR
- Publicado :
Lunes 29 de Julio de 2019 17:36
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
- Tipo de Usuario :
-
AutorConsulta
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Publicado el Lunes 29 de Julio de 2019
Estado de Referencia: Baja California
Hola, Tengo una causa civil donde ya se emitio sentencia a mi favor y los benes immuebles del deudor estan asegurados. El deudor ultimamente ha dejado de hacer los pagos en el juzgado. He intentado comunicarme con el y su abogado sin obtener respuesta. Podria pedir el embargo de los bienes, sin embargo, como la cantidad que falta no es muy grande, antes de tomar ese paso quisiera ver si es posible llegar a algun arreglo. Puedo solicitar al Juez que convoque una audiencia o reunion con el deudor para llegar a un arreglo? Y, si eso es posible, de que forma? Muchas gracias. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 400013
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Julio de 2019 23:17 2019-07-29 23:17 desde IP: 189.180.193.5
arreglo de que?... ya ganaste ...ejecuta conforme a derecho... tu abogado sabe que hacer...
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Autor
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AutorRespuesta No: 400023
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2019 05:53 2019-07-31 05:53 desde IP: 189.202.66.122
Hola, como dije en la consulta, la razon por la cual quiero pedir una reunion col deudor frente al juez es justo para evitar deber embargar los bienes de esa persona y que se comprometa a terminar los pagos de una manera regular. lo que quisiera saber es si puedo hacer esa peticion al juez por escrito, que convoque al deudor para una audiencia.
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Autor
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AutorRespuesta No: 400024
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2019 15:22 2019-07-31 15:22 desde IP: 187.199.104.248
amc252:
Decídase acerca de cual es la verdadera situación legal de los bienes, cuenta habida que usted escribió:
“…los benes immuebles del deudor estan asegurados.…” (SIC) y: “…Podria pedir el embargo de los bienes…” (SIC)
¿¡¿?!? ¿¡¿?!?
¿¡¿Y para qué quiere pedir un arreglo si con solicitar el remate de los bienes será el deudor ya condenado el que tenga el mayor interés en pagar?!?
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AutorRespuesta No: 400025
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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Julio de 2019 17:13 2019-07-31 17:13 desde IP: 189.202.66.122
Magister Curiae, la razon es que el bien asegurado es la casa del deudor y lo que falta de la deuda son unos cuantos miles de pesos. La razon digamos que es humanitaria. Antes de solicitar que se subaste su casa, quisiera darle una ultima posibilidad pero tambien que el compromiso a saldar la deuda en un plazo preciso quede plasmado en un acuerdo formal.
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AutorRespuesta No: 400026
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Agosto de 2019 13:00 2019-08-01 13:00 desde IP: 187.199.104.248
El que es tonto hasta la muerte le sabe.
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AutorRespuesta No: 400027
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Agosto de 2019 18:11 2019-08-02 18:11 desde IP: 189.202.68.250
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AutorRespuesta No: 400029
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Agosto de 2019 16:40 2019-08-03 16:40 desde IP: 187.199.104.248
amc252:
En respuesta 400024 de fecha 31 (treinta y uno de julio del año en curso) ya le di el pertinente, muy profesional y adecuado consejo para que resuelva su problema, consejo que coincide con los de otros foristas, pero usted replicó que, por razones humanitarias quiere evitar la aplicación del recurso legal que se le brindó, así que de verdad demuestra que es tonto pues por las mismas razones humanitaria que alega, usted debió abstenerse del juicio que menciona en su consulta inicial, y esperar pacientemente a que su deudor le pagare cuando se le viniere en gana, de tal manera que acorde con sus deseos, le informo que sería antiprofesional darle un consejo diferente, por lo que sostengo plenamente que usted tiene un comportamiento correspondiente a un tonto que además es terco.
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AutorRespuesta No: 400030
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Agosto de 2019 18:45 2019-08-03 18:45 desde IP: 189.202.68.250
Magister Curiae: Usted me pareceun egocentrico que solo quiere tener la ultima palabra, haciendo perder tiempo a los demas. Demuestra no saber nada ni de ley ni de educacion y, por lo visto, tampoco sabe leer siendo que opina cosas que nada tienen que ver con mi pregunta.
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AutorRespuesta No: 400031
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Agosto de 2019 20:24 2019-08-03 20:24 desde IP: 187.199.104.248
amc252:
Ahora surge el problema de que usted debe tomar un curso de “comprensión de la lectura”, cuenta habida que en mi respuesta 400024 de fecha 31 (treinta y uno de julio del año en curso) ya le di el pertinente, muy profesional y adecuado consejo para que resuelva su problema, consejo que coincide con los de otros foristas, y que a la letra dice:
“¿¡¿Y para qué quiere pedir un arreglo si con solicitar el remate de los bienes será el deudor ya condenado el que tenga el mayor interés en pagar?!?”
Aprenda a leer y antes de la lectura conecte las antenas (del cerebro que supuestamente tiene usted) para que pueda entender debidamente lo que lee.
Y con esto me despido porque es inútil hablar con un imbécil (loco).
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AutorRespuesta No: 400033
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Agosto de 2019 20:02 2019-08-04 20:02 desde IP: 189.202.68.250
Magister Curiae: Usted es realmente patetico y me da pena. Su "supuesta" respuesta “¿¡¿Y para qué quiere pedir un arreglo si con solicitar el remate de los bienes será el deudor ya condenado el que tenga el mayor interés en pagar?!?” nada tiene que ver con mi pregunta: "Puedo solicitar al Juez que convoque una audiencia o reunion con el deudor para llegar a un arreglo? Y, si eso es posible, de que forma?" Su "respuesta" solo es un comentario estupido que revela su bajo nivel de inteligencia. Luego, como todas las personas sin recursos intelectuales, se dedica a ofender los demas porque no tiene medios para argumentar de forma inteligente. Sin embargo, estoy de acuerdo que no tiene caso discutir con un imbecil. Por eso, mejor deje este espacio para aquellos que si tengan algo constructivo que aportar.
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AutorRespuesta No: 400035
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Agosto de 2019 16:09 2019-08-05 16:09 desde IP: 189.180.237.70
por razones humanitarias ???????????.... se entiende que... si hubo necesidad de llegar a un juzgado... las partes de este asunto... no son necesariamente muy amigos y tolerantes... puedes hacer lo que quieras... tu abogado sabe que hacer... si yo le dijera lo que dices a un cliente... me revoca... primero la lana... y luego toda cortesía... y... "por razones humanitarias "... cosa que no cabe en un acto de ejecución... dar oportunidad al contrario es perder la garantía...
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AutorRespuesta No: 400040
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Agosto de 2019 16:44 2019-08-05 16:44 desde IP: 189.202.68.250
Garovalo: No entiendo porque, en lugar que simplemente contestar mi pregunta de manera tecnica, explicando los terminos legales en los cuales puedo, si es que es posible, dirigirme al juez con mi peticion, se limitan a discutir las razones por las cuales quiero hacer la peticion.
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Autor
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AutorRespuesta No: 400041
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Agosto de 2019 23:18 2019-08-05 23:18 desde IP: 187.199.104.248
amc252:
Con la nula mentalidad lógica que usted ha demostrado tener porque es un falto de entendimiento, pasaré a explicarle “con manzanitas” lo que puede acontecer para el caso de que usted como el animal (desde luego sin educación) en diversas ocasiones ha demostrado que es.
Bueno, usted tiene el derecho de pedirle al juez cualquier cosa por estúpída y tonta que sea, como el hecho de pedir una audiencia de conciliación cuando ya tiene ganado el juicio y hasta le han hecho pago parcial de lo demandado, pero como todos los jueces tienen prohibido asesorar a los litigantes, el juzgador se limitará a responderle en un auto que diga:
“Por formulada la solicitud del promovente y en cuanto a resolverla, dígase al promovente que debe estar al contenido de la sentencia de fecha XXX y al auto que la declara ejecutoria, por lo demás, quedan a salvo sus derechos para que los haga valer en la vía y forma que corresponda con arreglo a la Ley”.
Así que ya sabe: puede pedirle al juez que cite a su contraparte para platicar con ella, falta que el juez se lo conceda porque se trata de una diligencia carente de objeto así como carente de fundamento legal.
y tenga en cuenta que varios foristas han coincidido con mi postura, aunque yo sea el único que le ha tenido la paciencia suficiente como para darle una explicación propia de dar a un niño que no a usted que presume de ser inteligente aunque demuestra ser todo un baboso.
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Autor
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AutorRespuesta No: 400045
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Fecha de respuesta: Martes 06 de Agosto de 2019 01:18 2019-08-06 01:18 desde IP: 189.180.183.254
claro que puedes pedir lo que quieras... que se conceda...claro que no... ya hay una sentencia... y el juez debe seguir el curso del procedimiento... tu abogado... como ya en repetidas ocaciones te he dicho... sabe que hacer... aquí... no hay cuestiones humanitarias... o las ponderadas en el texto PROPERSONAE del articulo 1 del pacto federal.... es dar cumplimiento a una obligación de DAR....
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AutorRespuesta No: 400052
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Agosto de 2019 07:22 2019-08-08 07:22 desde IP: 189.202.68.250
Magister Curiae: Usted es un pobre diablo y un aun mas patetico abogado, siendo que no puede siquiera ganar una discusion con un neofita y debe recurrir a insultos. Ademas se nota que el sarcasmo no es lo suyo, no tiene suficiente ingenio y mucho menos estilo. Pobres de sus clientes, todos encerrados en el tambo lamentando haber caido en sus manos. Ubicate loooooooser.
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AutorRespuesta No: 400053
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Agosto de 2019 16:52 2019-08-08 16:52 desde IP: 187.199.104.248
amc252:
Sus opiniones me tienen sin cuidado, sobre todo porque existen otros foristas que también opinan que usted está tan loco(a) que desconoce que patético es alguien que da lástima, pero en su último mensaje escribió, refiriendo a usted, que es “un neófita” de donde surge que usted desconoce cuál sea su género: si masculino o femenino, y cree que venimos a este foro para “ganar discusiones”, eso sí que es patético. Adiós.
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