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CONSULTA SOBRE CONSULTAS AL IMSS DE TRABAJADORA EMBARAZADA

  • Consulta : 283362
  • Autor : singleman_NR
  • Publicado : Jueves 19 de Octubre de 2017 19:44 desde la IP: 201.165.163.72
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,131
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  • Autor
    Consulta

  • singleman_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México
    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, una trabajadora (obrera) embarazada ¿a cuantas citas tiene derecho de acudir en el IMSS? ¿existe algún límite de asistencia a citas? ¿qué tipo de consultas ameritan que se le otorgue un permiso de trabajo, y cuáles no, sin vulnerar sus derechos? ¿es forzoso que sus citas sean durante el horario de trabajo? Agradezco me puedan ayudar con estas preguntas pues cuento con una colaboradora que tiene citas siempre dentro del horario laboral, ya sea por revisión general, por citas para pláticas informativas sobre embarazo e incluso para visitas guiadas en el hospital en las cuales según explica, se le muestra donde debe acudir y de qué manera realizar todo tipo de trámites; siento que está abusando pero no quiero hacer nada indebido que la perjudique y tanto en la LFT como en el portal del IMSS no encuentro información que me aclare el panorama, sólo las generalidades, pero nada específico. De antemano agradezco su orientación. Saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 396402

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ¿a cuantas citas tiene derecho de acudir en el imss? ......................................................................una por mes................................... ¿existe algún límite de asistencia a citas? .......................................................................una por mes.....o solo que sea considerado embarazo de alto riesgo..................... ¿qué tipo de consultas ameritan que se le otorgue un permiso de trabajo, y cuáles no, sin vulnerar sus derechos? ................................................................................las estipuladas unicamente en el carnet de citas... y debe entregarte el documento de cita cumplida... si lo fue en el horario laboral..........sin ese documento.....no estas obligado al pago de prestación remunerativa .................................... ¿es forzoso que sus citas sean durante el horario de trabajo?.............no... puede solicitarlas en horario fuera de su trabajo... a no ser que haya otra estipulación........tu puedes acompañarla a esas citas... y no hay citas guiadas... o payasadas de esas..........



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