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OMAR ULLOA: PORQUé LLAMO IGNORANTES A LOS FORISTAS QUE DEMUESTRAN SERLO.
- Consulta : 281765
- Autor : Magister Curiae
- Publicado : Miércoles 21 de Diciembre de 2016 16:36 desde la IP: 187.199.52.226
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 21 de Diciembre de 2016
Omar Ulloa: Porqué llamo ignorantes a los foristas que demuestran serlo.
Es frecuente que se lean intervenciones mías en las que denomino malos profesionistas a algunos foristas que dan respuestas alejadas de la realidad jurídica, tanto porque demuestran desconocimiento del derecho, como porque a veces se precipitan contestando sin estar enterados a cabalidad de los hechos motivadores de las consultas, cuestión que hará un par de días me reclamaste, pero la justificación de mis conductas se encuentra en el botón que es la muestra y se contiene en la respuesta 392665 de garovalo visible en la consulta 281746 del foro.
Al respecto basta leer los siguientes textos:
copiado del Código de Familia del Estado de Yucatán:
Artículo 429.- Son nulos todos los actos de administración efectuados por niñas, niños o adolescentes y por personas mayores de edad incapaces, así como los contratos celebrados por éstas o aquéllas sin la autorización del tutor, salvo los casos expresamente exceptuados en este Código.
Son también nulos los negocios judiciales efectuados por niñas, niños o adolescentes emancipados sin intervención de su tutor, y los que hubieren realizado sin autorización judicial para enajenar, gravar o hipotecar bienes inmuebles.
Ahora bien, si como todos sabemos, el Código Civil Federal de 1932 siempre fue el modelo del que los estados tomaron los preceptos que, salvo leve modificación han sido los mismos de las legislaciones locales, es incuestionable que por lo menos se debió consultar la legislación aplicable antes de formular respuesta alguna, y al abstenerse de hacerlo, garovalo demuestra total ignorancia del derecho federal legislado y de su copia o transposición al derecho estatal, cuenta habida que la local viene coincidiendo con el Código Civil Federal, como se demuestra a continuación:
copiado del Código Civil Federal y también del del Distrito Federal:
ARTICULO 643.- El emancipado tiene la libre administración de sus bienes, pero simpre (sic) necesita durante su menor edad:
I.- De la autorización judicial para la enajenación, gravamen o hipoteca de bienes raíces.
II.- De un tutor para negocios judiciales.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 392677
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2016 10:39 2016-12-22 10:39 desde IP: 189.180.251.121
el de toda la vida... necesita justificarse siempre... porque es inepto... transcribe... por no saber que decir... NEGOCIOS JUDICIALES... es la forma de decir contratos... y de celebrar actos que llevan consigo obligaciones de dar...hacer o no hacer... y para ellos si se requiere permiso judicial... y un tutor... que por lo general es un AD LITEM... que en su caso... es el mitotero publico... o el dif.... segun el estado y el caso...
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Autor
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AutorRespuesta No: 392678
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2016 10:42 2016-12-22 10:42 desde IP: 189.180.251.121
esta es la consulta.... "Estado de Referencia: Yucatán Buenas noches. Mi hija tiene 16 años tuvo un hijo con un muchacho, nunca se casaron pero si vivían juntos en mi casa, ahora el padre decidió separarse de mi hija y fue en malos términos, mi hija quiere tramitar la guarda y custodia de mi nieto, pero es menor de edad, mi pregunta es: ¿ella puede ganar la guarda y custodia del niño y que tendríamos que hacer? ¿la custodia me la darían a mi realmente ya que ella es menor y yo soy su madre? De antemano les agradezco su ayuda. ..............................................................................................................................................esta es mi respuesta.............. garovalo (Visita mi oficina) Fecha de Respuesta: 2016-12-21 13:18 Permalink No. de Respuesta: 392665 IP 189.180.251.121 0 personas encontraron util esta respuesta.................................................................................. "dices que se casaron... a partir de ese momento... ella quedo emancipada... es decir... decide por si misma... y no... es la madre y puede cumplir con las obligaciones que la ley le concede... como si ya fuera un adulto... por la emancipación...
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Autor
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AutorRespuesta No: 392681
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2016 11:07 2016-12-22 11:07 desde IP: 189.180.251.121
ya me voy a parecer a este ignorante del magister... pero... ..............LA EMANCIPACIÓN es un acto jurídico en el cual un menor de edad es liberado de la patria potestad o la tutela, o de ambas, y adquiere el gobierno de su persona, así como el goce y administración de sus bienes, dentro de los limites fijados por la ley. La emancipación sera automática cuando el sujeto cumple la edad establecida en la ley para tener plena capacidad al igual que el menor, mayor de 14 años, queda emancipado previa dispensa judicial al contraer matrimonio. Puede ser emancipado antes del matrimonio o quedar emancipado automáticamente al producirse este. Sera a instancia de parte cuando por un acta autorizante del padre. Requiere 16 años mínimo en el menor y su consentimiento y por sentencia judicial mediante un proceso voluntario iniciado a instancia del hijo. Requiere 16 años mínimo en el menor, la petición de éste, la audiencia con los padres y la concurrencia de una causa legal. Se produce por auto judicial e inscripción en el Registro Civil. La emancipación habilita al menor para regir su persona y bienes como si fuera mayor, pero hasta que llega a la mayoría de edad no podrá el emancipado tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes, inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin el consentimiento de sus padres y, a falta de ambos, sin el de su curador. El menor emancipado podrá por sí solo comparecer en juicio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 392683
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2016 11:17 2016-12-22 11:17 desde IP: 189.180.251.121
a excepcion de la ley... de hacer actos traslativos de domnio... lo importante es.... El menor emancipado podrá por sí solo comparecer en juicio. ............
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Autor
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AutorRespuesta No: 392685
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2016 11:27 2016-12-22 11:27 desde IP: 187.221.45.190
Ante un escenario tan complejo, saber en realidad quien tiene la verdad o la razón, pues resulta en un hecho mucho muy difícil de poder valorar o asegurar. Solo basta mencionar que: Cuantas y cuantas sentencias de los Juzgados de Primera Instancia, son modificadas en la Sala Superior; y cuantos y cuantos asuntos de la Sala Superior, les dan palo en los amparos; y cuantos y cuantos amparos son destruidos en las revisiones, así como cuantos y cuantos criterios de la propia Corte tienen muy distintas formas de evaluarse por los propios Ministros, siendo todos ellos peritos en la materia quienes utilizan sus argumentos jurídicos para sus posturas, mismas que al parecer, están equivocadas constantemente, por eso tanta modificación, cuando en los hechos prácticos y en la realidad, nadie podría asegurar que quien tiene la razón fue probablemente el Juez de Primera Instancia, y más sin embargo aquí en este Foro tenemos a una persona que siente que siempre tiene la razón.
Como dicen en la televisión ¡Difícil de creer y aceptar!
LE DESEO A TODA LA COMUNIDAD DE JUSTICIA MÉXICO, UNA MUY FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO AÑO NUEVO 2017 EN COMPAÑÍA DE SUS SERES QUERIDOS.
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Autor
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AutorRespuesta No: 392687
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Fecha de respuesta: Jueves 22 de Diciembre de 2016 15:45 2016-12-22 15:45 desde IP: 189.187.214.188
Magister... La intención del reclamo de que llames ignorantes a los compañeros era con el único fin de que puedas vertir tu opinión y Garovalo o ROSEN o quien sea la suya. Que sea el usuario quien juzgue ...me entiendes? Aquí se vive un canibalismo jurídico y todo para que? El consultante ni es cliente tuyo ni de Garovalo ....quizá hasta pueda ser un mero coyote con algunas dudas y ustedes se desgarran en descalificativos y él risa y risa y aprendiendo de ustedes. Recuerda es consulta GRATUITA ...si Garovalo la da mal...pues que más da? A caballo regalado no se le ve colmillo. Si el consultante quiere una respuesta seria y profesional pues que pague...si la quiere gratis podrá exponerse a que se la den bien o no...es el riesgo. Ejemplo...cuando vas a ver a un mal médico te puede recetar Metamisol Sódico para controlar la presión arterial...y luego de varias cajas que te hayas tomado sin que veas mejora, acudes a otro médico y éste, detecta que ese primer médico es una nulidad pues el Metamisol sódico no sirve para controlar la presión arterial pero JAMÁS le dirá ...es que ese médico que fue a ver es un ignorante que no sabe....simplemente dirá, a ver pruebe con este otro medicamento, y al ver que ese si funciona y pregunte .."y entonces porque me recetó eso aquel doctor" y entonces el segundo doctor responderá ..es que cada cuerpo es diferente usted no reaccionó a ese medicamento Y YA. Jamás dirá ese primer médico es un estupido ignorante que no sabe ...bola bla bla...eso es ética profesional en la carrera. Ahora sí me entendiste?
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Autor
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AutorRespuesta No: 392696
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Diciembre de 2016 14:19 2016-12-23 14:19 desde IP: 189.180.251.121
LES DESEO A TODA LA COMUNIDAD DE JUSTICIA MÉXICO.... antes mexicolegal, UNA FELIZ NAVIDAD Y UN PROSPERO AÑO NUEVO 2017... siempre EN COMPAÑÍA DE SUS SERES QUERIDOS... amigos y familia... un brindis
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Autor
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AutorRespuesta No: 392697
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Diciembre de 2016 17:39 2016-12-23 17:39 desde IP: 187.199.52.226
Omar Ulloa:
Ahora sí que en verdad me decepcionaste totalmente, cuenta habida que estás emitiendo la mismísima mala opinión que aquel célebre Lic. Burrén I. Sandovalesmadres Lopestúpido.
En efecto ese tal Lic. Burrén I. Sandovalesmadres Lopestúpido desde la primera consulta en que intervino ("Lesiones" de la consultante Hilda) provocó la animadversión particular de mi parte y de muchos foristas en general.
Y es que en la consulta precitada que corresponde a la Primera Epoca de México Legal®, el Lic. Burrén I. Sandovalesmadres Lopestúpido se ostentó como el gran conocedor del derecho penal y para apoyar sus pretensiones de sabio transcribió el texto legal (sobre la prescripción del delito) en el que fundaba su opinión "jurídica", y cuando le hice notar que él estaba fundándose en un Código que ya tenía año y medio de haber sido abrogado y que mi opinión se basaba en el Código vigente, entonces reclamó que los errores de los foristas deben ser dados a conocer a sus autores mediante mensajes privados, dejando que los consultantes cometan burradas y hasta delitos porque fueron mal asesorados, a lo que desde luego me opuse, cuenta habida que quien participa en un debate público está expuesto a que se le critique también públicamente. Este es el origen del pleito casado que sostuve por algo más de los diez años con el Burrén I. Sandovalesmadres Lopestúpido.
Nadie asiste a un auditorio donde se celebra un debate público esperando que las críticas a los participantes se hagan de manera privada, pues precisamente el debate es público, y de manera similar acontece con los debates por Internet: las críticas son públicas.
Pues bien, garovalo se ha comportado de la misma manera que el Lic. Burrén I. Sandovalesmadres Lopestúpido, más particularmente durante la Segunda Epoca de México Legal®, secundado además por diversos secuaces entre los que destaca el "Máscara Negra", y aunque bajó un poquito sus tonos de ofensas, las ha continuado.
Desde luego se observa que tu memoria es flaca pues omites tomar en cuenta cierta consulta que yo mismo formulara en la Segunda Epoca de México Legal®, y que se refería a que un Capitán de la Armada fue demandado en juicio de alimentos por una persona que, teniendo un pariente en el Registro civil de un pueblo de Guerrero, levantó un acta de nacimiento asentando el nombre del capitán como padre y sin que estuvieran matrimoniados ni que el capitán compareciera a reconocer la hija.
En dicho juicio recibí múltiples críticas diciendo que lo iba a perder alegando que el acta carecía de valor probatorio de la paternidad, sobre todo fui criticado por garovalo quien me llamó ignorante del derecho, pero a la postre tuve sentencia favorable a los intereses de mi cliente, misma que, suprimiendo los nombres de las partes, transcribí en la consulta de cuenta.
Respecto a lo que escribiste de la conducta de los médicos, lamento contradecirte, porque de mi parte tengo muchas experiencias en las que surge que los médicos le dicen a sus pacientes que otro galeno le ha recetado medicamentos que son para diverso padecimiento, e inclusive les han dicho que el anterior diagnosticó erróneamente.
Pero lo que más lamento es que de tu parte expongas la opinión de que hay que esconder los errores de los colegas que ejercen la misma carrera profesional, nada más que para evitar que se hable mal de determinado colega, pues tu aportación me hace ver que prefieres que se hable mal de la abogacía, de nuestra carrera profesional en vez de que se exhiba a unos cuantos que la ejercen mal, es decir, que tu ética profesional es para defender a los malos abogados que inclusive llegan a ser delincuentes, en vez de defender nuestra ilustre profesión.
Lamentable, patético y contrario a los principios de la masonería a la que perteneces.
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AutorRespuesta No: 392699
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Diciembre de 2016 13:23 2016-12-24 13:23 desde IP: 187.228.132.216
ADDENDUM A MI ANTERIOR INTERVENCIÓN
Omar:
Insisto en que el escuincle garovalo es un pésimo abogado qyue inclusive dudo que haya cursado la carrera de derecho en alguna escuela de estudios profesionales.
garovalo ni siquiera sabe leer, prueba de ello es que dice que la concubina de la diversa consulta no: 281746 está emancipada gracias a su matrimonio, así que es incuestionable que ni siquiera sabe leer, ya que el consultante a la letra escribió:
"…Mi hija tiene 16 años tuvo un hijo con un muchacho, nunca se casaron pero si vivían juntos en mi casa,…"
¿¡¿ó acaso garovalo cree que el concubinato es la misma institución jurídica que el matrimonio?!?
Pero lo peor es que el garovalo insiste en que el menor puede comparecer en juicio por sí mismo, a pesar de que ya demostré que la Ley le exige comparecer con un tutor especial.
garovalo continúa demostrando que es un "abogado diesel"…
garovalo ofende a los verdaderos abogados porque es un "abogado diesel"….
Así que, cada vez que garovalo escriba insensateces, tonterías y estupideces, lo he de exhibir como el "abogado diesel" que es….
NOTA BENE: "abogado diesel" significa "abogado dice él"
A veces más vale callar y pasar por tonto, que abrir la boca y demostrarlo. Noel Clarasó
La verdadera ignorancia no es la ausencia de conocimientos, sino el hecho de rehusarse a adquirirlos. Karl Popper
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Autor
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AutorRespuesta No: 392701
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Diciembre de 2016 16:43 2016-12-26 16:43 desde IP: 189.180.251.121
quien participa en un debate público está expuesto a que se le critique también públicamente,,,suerte
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